Describa brevemente la organización y almacenamiento de los archivos contables.
(1) Archivo de archivos contables: la agencia contable es responsable de clasificar los archivos contables formados por cada unidad cada año, agruparlos en volúmenes de acuerdo con los requisitos de archivo y preparar un inventario de archivos contables. . Una vez finalizado el año contable, la agencia contable puede conservar temporalmente los archivos contables formados durante el año durante un año. Una vez transcurrido el plazo, la agencia de contabilidad realizará un inventario y lo entregará a la agencia de archivos de la unidad para su custodia unificada. Si la unidad no establece una organización de archivos, designará una persona dedicada a mantenerlos en la organización contable, y el cajero no estará a cargo de los archivos contables.
②Uso y préstamo de archivos contables: No se permite el préstamo de archivos contables conservados por cada unidad. Si existen necesidades especiales, con la aprobación del responsable de la unidad, se puede disponer para inspección o copia, y se pueden completar los trámites de registro. El personal que consulta o copia archivos contables tiene estrictamente prohibido garabatear, abrir o reemplazar archivos contables.
Cada unidad deberá establecer y mejorar el sistema de revisión, copia y registro de expedientes contables.
③El período de almacenamiento de los archivos contables: El período de almacenamiento de los archivos contables se puede dividir en dos categorías: permanente y periódico. Los períodos fijos de almacenamiento se dividen en tres años, cinco años, 10 años, 15 años y 25 años* * *, y el período de almacenamiento se calcula a partir del primer día después del final del año fiscal.
(4) Destrucción de archivos contables: una vez transcurrido el período de almacenamiento, los archivos contables que cumplan con las condiciones para la destrucción deben informarse y aprobarse de acuerdo con los procedimientos prescritos, y luego destruirse de acuerdo con los procedimientos prescritos. .