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El alcance de la recopilación de pruebas por infracciones fiscales incluye temas

Los actos ilícitos tributarios son conductas en las que el sujeto de las relaciones jurídicas tributarias viola las normas jurídicas tributarias, infringe las relaciones tributarias protegidas por la legislación tributaria y debe acarrear ciertas consecuencias jurídicas. La responsabilidad tributaria se basa en infracciones tributarias. Sin infracciones tributarias, la responsabilidad tributaria estaría fuera de discusión.

1. El sujeto de ilícitos tributarios extensivos se refiere al autor de ilícitos tributarios, es decir, al titular de derechos o al portador de obligaciones en el acto, o a la persona que goza de derechos y asume obligaciones. u organizar. Los sujetos de actividades fiscales ilegales incluyen no sólo los sujetos recaudadores de impuestos y los contribuyentes, sino también otros sujetos, como los sujetos encargados de la recaudación de impuestos, los sujetos que ayudan en los impuestos, los agentes fiscales, etc.

2. La conducta es específica. La conducta ilícita fiscal debe ser algún tipo de conducta que viole las leyes y normas tributarias e infrinja las relaciones tributarias protegidas por las leyes tributarias. Es decir, el sujeto tributario debe haber realizado algún acto u omisión. La norma jurídica que ese acto viola es la ley tributaria e infringe la relación jurídica tutelada por la ley tributaria. Los actos ilícitos tributarios incluyen principalmente:

(1) Como actos ilícitos tributarios, se refiere al incumplimiento por parte del actor de la obligación de inacción estipulada en las leyes y reglamentos tributarios. Por ejemplo, los contribuyentes violan las leyes fiscales y utilizan facturas falsas.

(2) La omisión de actuar como infracción tributaria se refiere al incumplimiento por parte del actor de sus obligaciones estipuladas en las leyes y reglamentos tributarios. Si un contribuyente toma la iniciativa de declarar y pagar el impuesto a pagar de conformidad con lo dispuesto en la ley tributaria, pero viola la ley y no declara ni paga el impuesto.

3. Consecuencias jurídicas de la conducta Las consecuencias jurídicas específicas son la única forma interna de las infracciones tributarias, una manifestación de la esencia de las infracciones tributarias, y son las infracciones tributarias mismas, por lo que los sujetos tributarios no pueden negarlas ni despreciarlas. como resultado de. No existe en el mundo un comportamiento libre de resultados. Si comete una infracción fiscal, tendrá que soportar algunas consecuencias jurídicas adversas según la ley fiscal, y el sujeto ilegal deberá responder por responsabilidad administrativa o penal. Por ejemplo, los contribuyentes que cometan evasión fiscal tendrán consecuencias legales específicas por no pagar o pagar impuestos de menos, por lo que deberán soportar las consecuencias legales correspondientes por su comportamiento ilegal de acuerdo con la ley tributaria.

Diferentes connotaciones

Las condiciones requeridas para los delitos fiscales son más estrictas y detalladas que las infracciones fiscales, y las connotaciones también son más ricas. El crimen es el desarrollo posterior de actividades ilegales. Todos los delitos fiscales derivan de infracciones fiscales, pero no todas las infracciones fiscales se convertirán en delitos fiscales. Tomemos como ejemplo los atrasos en los impuestos, sólo los atrasos en el pago de impuestos sólo pueden considerarse ilegales y no suficientes para constituir un delito, sino la evasión del autor. de impuestos atrasados ​​pueden alcanzar cierta cantidad constituye un delito.

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