¿Hay alguien de guardia en la Oficina del Seguro Social el sábado?
Base jurídica: “Reglamento del Consejo Estatal sobre Jornada Laboral de los Empleados”.
Artículo 3 El Estado implementa un sistema de jornada laboral mediante el cual los empleados trabajan ocho horas al día y un promedio de 40 horas a la semana.
Artículo 7 Los organismos del Estado y las instituciones públicas implementarán jornadas de trabajo unificadas. Desde la implementación de este reglamento, los sábados y domingos de la primera semana son días de descanso, el domingo de la segunda semana son días de descanso, y así sucesivamente. Las empresas e instituciones que no puedan implementar la jornada laboral unificada prevista en el párrafo anterior podrán disponer de manera flexible días de descanso semanal en función de las condiciones reales.