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Proporción de pago del Fondo de Previsión de la Seguridad Social

Análisis legal: 1. Los aportes individuales se basan en el salario promedio mensual de los empleados en el año anterior (el mínimo es el 60% del salario de los empleados de la ciudad en el año anterior; el número más alto es el 8% del salario de los empleados en la ciudad en el año anterior.

2. Los Aportes Unitarios se pagan en base al 22% del salario mensual promedio del empleado en el año anterior Desde el 1 de junio de 2006 al 65438, el Ministerio de Recursos Humanos y. El Seguro Social ajustó el tamaño de la cuenta de pensión personal del 165438% al 8% del salario anterior del empleado. La política es que todas las contribuciones personales y el 3% de las contribuciones del empleador se incluirán en las cuentas de pensión personales, y el 19% de las contribuciones del empleador. se transferirá a la mancomunación social, y la nueva política también incorporará el 3% de los pagos de los empleadores a la mancomunación social para resolver el problema de las cuentas de pensiones vacías.

Base legal: "Reglamento sobre la administración del Fondo de Previsión de Vivienda".

Artículo 16 El monto de la contribución mensual al fondo de previsión de vivienda del empleado es el salario mensual promedio del empleado en el año anterior multiplicado por el índice de contribución del fondo de previsión de vivienda del empleado.

El monto de la contribución mensual. Las contribuciones al fondo de previsión de vivienda pagadas por la unidad para los empleados son el salario mensual promedio del empleado en el año anterior multiplicado por la proporción de los fondos de previsión de vivienda pagados por la unidad.

Artículo 17 Los nuevos empleados comienzan a trabajar. el pago del fondo comienza en el segundo mes del año, y el monto del pago mensual es el salario del empleado multiplicado por el índice de pago del fondo de previsión de vivienda del empleado.

Para los empleados recién transferidos de la unidad, el monto del pago mensual será. se calculará a partir de la fecha en que se pague el salario del empleado transferido. El monto del pago mensual para el fondo de previsión de vivienda será el salario mensual del empleado multiplicado por el índice de pago del fondo de previsión de vivienda del empleado.

Artículo 18 El empleado y. la tasa de pago del fondo de previsión de vivienda no será inferior al pago mensual del empleado durante el año anterior. Las ciudades con condiciones pueden aumentar adecuadamente la tasa de contribución específica será formulada por el comité de gestión del fondo de previsión de vivienda. , y se presentará al gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central para su aprobación después de su revisión.

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