¿Cuál es la terminología de hechos económicos y jurídicos?
1. Los hechos jurídicos son un término general para diversos hechos que están previstos por la ley y pueden provocar la formación, cambio o eliminación de relaciones jurídicas. Los hechos jurídicos económicos, como un tipo de hechos jurídicos, se refieren a los. hechos que están determinados por normas jurídicas económicas. Es un fenómeno objetivo que puede provocar la aparición, cambio y eliminación de relaciones económicas y jurídicas. (Nota de la afirmación anterior: Los hechos jurídicos económicos tienen dos condiciones: primero, pertenecen a circunstancias objetivas y existen objetivamente; segundo, conducen al surgimiento de ciertos efectos jurídicos, o a la creación, modificación o eliminación de relaciones jurídicas) p>
2. Los hechos económicos y jurídicos se dividen en dos tipos: conductas y acontecimientos. ① La conducta es una acción consciente basada en la voluntad del sujeto de derecho económico. Según si es consistente con los requisitos de las normas legales, se divide en comportamiento legal y comportamiento ilegal. ②Un evento es un hecho objetivo que no depende de la voluntad subjetiva de las partes involucradas, incluidos los hechos causados por fenómenos naturales y fenómenos sociales. Los hechos causados por fenómenos naturales también se llaman fenómenos absolutos, y los hechos causados por fenómenos sociales también se llaman eventos relativos.
Nota: Los hechos provocados por fenómenos naturales se denominan fenómenos absolutos, porque son hechos provocados por la ocurrencia de fenómenos naturales (como inundaciones, tifones, incendios, etc.) que no pueden ser evitados por el poder humano.
Si la puntuación de explicación del término no es alta, el segundo punto se puede simplificar. ¡Gracias!