¿Cuántos gastos funerarios y pensiones recibirá un empleado de la seguridad social después de su muerte?
Los gastos funerarios se pagan durante 6 meses en función del salario mensual promedio de los empleados locales en el año anterior (o los 12 meses anteriores), y son cobrados por los familiares directos del fallecido. Si no hay familiares inmediatos, los gastos del funeral serán cobrados por la persona u organización que organice el entierro, según corresponda, y se emitirán los certificados correspondientes. Los gastos funerarios son uniformes y varían sólo con el tiempo y la región, y no se ven afectados por la edad del fallecido u otros factores. Las pensiones son honorarios pagados por el Estado y las unidades pertinentes a las familias de los empleados fallecidos o discapacitados o de los empleados que han perdido la capacidad de trabajar de acuerdo con las regulaciones. Después de la muerte de un jubilado de la empresa, el Estado proporcionará una determinada cantidad de pensión cada mes en función del número de familiares directos mantenidos por el fallecido hasta que los dependientes ya no necesiten apoyo. También existe una pensión a tanto alzado. El monto de esta pensión es: el salario básico o pensión básica de jubilación de los 40 meses anteriores al fallecimiento en caso de fallecimiento en el trabajo, y el salario básico o pensión básica de jubilación de los 20 meses anteriores al fallecimiento.
Base jurídica: Artículo 39 del "Reglamento sobre el seguro de accidentes laborales". Si un empleado fallece en el trabajo, sus familiares cercanos recibirán subsidios para el funeral, pensiones para familiares dependientes y prestaciones laborales únicas de el fondo de seguro de accidentes de trabajo de acuerdo con las siguientes disposiciones: Subsidio por fallecimiento:
(1) El subsidio de funeral es el salario mensual promedio de los empleados del área coordinada durante 6 meses (2) Pensión de familiares dependientes; se paga de acuerdo con una cierta proporción del salario del empleado Proporcionar la principal fuente de sustento a los familiares del empleado que no pudo trabajar debido al trabajo. La norma es: 40% para el cónyuge, 30% para otros familiares y 10% para ancianos viudos o huérfanos. El monto total de la pensión calculada para familiares dependientes no podrá ser mayor que el salario del empleado que falleció en el trabajo. El alcance específico del apoyo a los familiares será estipulado por el departamento administrativo de seguro social del Consejo de Estado;
(3) El estándar para el beneficio único por muerte relacionada con el trabajo será 20 veces el ingreso disponible per cápita. de residentes urbanos en el año anterior.
Si un trabajador incapacitado fallece en el trabajo durante el período de suspensión retribuida, sus familiares próximos disfrutarán de los beneficios previstos en el apartado 1 de este artículo.
Si un empleado con discapacidad de nivel uno a cuatro fallece una vez vencido el período de licencia sin goce de sueldo, sus familiares cercanos podrán disfrutar de los beneficios previstos en los incisos (1) y (2) del apartado 1 de este artículo.