Describa brevemente las condiciones de reincidencia general y las consecuencias jurídicas de la reincidencia estipuladas en la legislación penal de nuestro país.
La reincidencia general se refiere a alguien que ha sido condenado a una pena de prisión o más por un delito intencional y ha completado la ejecución de la pena o ha sido indultado. Los delincuentes que cometan delitos intencionales serán condenados a pena de prisión de duración determinada o más si cometen otro delito en un plazo de cinco años. Las condiciones generales de reincidencia son:
(1) Tanto el delito anterior como el delito posterior fueron delitos intencionales.
(2) Si el delito anterior fue condenado a una pena de prisión de duración determinada o más, el delito posterior debe ser condenado a una pena de prisión de duración determinada no menor.
(3) El delito posterior se produce dentro de los 5 años siguientes a la ejecución de la pena por el delito anterior o al indulto.
(4) El delincuente es mayor de 18 años.
Las consecuencias legales de la reincidencia son:
(1) Los reincidentes deben ser severamente castigados.
(2) No se aplicará la libertad condicional a los reincidentes.
(3) La libertad condicional no se aplicará a los reincidentes.