Fondo de Previsión de la Seguridad Social Ratio Empresa e Individuo
Base jurídica: "Reglamento de Gestión del Fondo de Previsión para la Vivienda"
Artículo 18 El ratio de aportación al fondo de previsión para la vivienda de los empleados y unidades no será inferior al 5% del salario medio mensual de los empleados. en el año anterior; se aplican condiciones Las ciudades pueden aumentar adecuadamente el índice de depósitos. El índice de pago específico será formulado por el Comité de Gestión del Fondo de Previsión de Vivienda y se presentará al gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central para su aprobación después de la revisión por parte del gobierno popular del mismo nivel.
Artículo 19 El fondo de previsión de vivienda pagado por los empleados individuales será retenido y pagado por el empleador de sus salarios. La unidad deberá remitir el fondo de previsión de vivienda pagado por la unidad y pagado en nombre de los empleados a la cuenta del fondo de previsión de vivienda dentro de los 5 días a partir de la fecha del pago mensual de los salarios de los empleados, y el banco encargado lo incluirá en el fondo de previsión de vivienda de los empleados. cuenta del fondo.