¿Se puede hipotecar el coche de mis padres?
Base jurídica: El artículo 394 del Código Civil garantiza el cumplimiento de las deudas. Si el deudor o un tercero no transfiere la posesión de la propiedad e hipoteca la propiedad al acreedor, y el deudor no paga las deudas vencidas ni ejecuta la hipoteca según lo acordado por las partes, el acreedor tiene derecho a recibir prioridad en el pago de la propiedad. El deudor o tercero señalado en el párrafo anterior es el deudor hipotecario, el acreedor es el acreedor hipotecario y el bien que da garantía es el inmueble hipotecado.