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El empleador no paga cotizaciones a la seguridad social.

Subjetividad jurídica:

El empleador debe pagar la seguridad social. Mientras se establezca la relación laboral, el empleador debe pagar la seguridad social a sus empleados. Si el empleador no paga las primas del seguro social de los empleados de conformidad con la ley, el empleado puede rescindir el contrato de trabajo y exigir al empleador el pago de una compensación económica.

Objetividad jurídica:

Ley del Seguro Social

Artículo 10

Los empleados participarán en el seguro básico de pensión, y el empleador y los empleados deberán pagar conjuntamente la prima del seguro de pensión básica.

Ley del Seguro Social

Artículo 58

El empleador deberá presentar una solicitud a la agencia de seguro social para sus empleados dentro de los 30 días siguientes a la fecha de registro en el Seguro Social. . Si no se realiza el registro en el seguro social, la agencia del seguro social determinará las primas del seguro social a pagar.

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