¿Puedo pagar el préstamo de estudio después de graduarme?
Los préstamos para estudiar en el extranjero se refieren a préstamos de consumo en divisas emitidos por bancos a estudiantes extranjeros o a sus familiares directos o cónyuges para pagar la matrícula y los gastos de manutención para estudiar en el extranjero. Hoy en día, además de los préstamos para estudiar en el extranjero, los cheques de viajero en moneda extranjera también son un método conveniente de pago en moneda extranjera. Los cheques de viajero se refieren a billetes de denominación fija emitidos por bancos comerciales nacionales e impresos por bancos extranjeros o instituciones financieras profesionales, siendo el emisor el pagador final y utilizando moneda libremente convertible como denominación y moneda de liquidación. Los residentes nacionales deben firmar personalmente el cheque al momento de la compra. Solo es necesario volver a firmarlo al cambiar, lo cual es conveniente para quienes estudian en el extranjero o viajan al extranjero.
El prestatario deberá cumplir las siguientes condiciones:
1. El prestatario tiene plena capacidad civil y la edad real en la fecha de vencimiento del préstamo no supera los 55 años;
2. El prestatario no tiene comportamiento ilegal, goza de buena salud y es honesto y digno de confianza.
3 Si el prestatario es un estudiante que estudia en el extranjero, debe tener una residencia permanente u otro; estado de residencia válido en la ubicación del prestamista antes de estudiar en el extranjero
4. Si el prestatario es un pariente inmediato o cónyuge de alguien que estudia en el extranjero, debe tener una residencia permanente u otro estado de residencia válido en el área. controlado por el prestamista, una residencia fija, una carrera estable y una fuente de ingresos, y la capacidad de pagar el capital y los intereses según lo previsto;
5. certificado emitido por la escuela donde el estudiante pretende estudiar en el extranjero;
6. El prestatario deberá proporcionar al prestamista una hipoteca de propiedad reconocida, prenda o garantía de terceros. Las propiedades hipotecarias se limitan a inmuebles con derecho hipotecario; la prenda se limita a bonos del tesoro, certificados de depósito bancario, bonos corporativos y otros valores, el garante debe ser una persona jurídica o natural con capacidad de resarcimiento, y estar dispuesto a asumir solidariamente; responsabilidad varias de reembolso.