¿Pueden los contribuyentes gestionar en línea los asuntos relacionados con el reembolso de impuestos a las exportaciones durante el período de prevención y control de la epidemia?
El artículo 6 estipula que durante el período de prevención y control de epidemias, los contribuyentes pueden solicitar el reembolso (exención) del impuesto a la exportación presentando en línea datos electrónicos de todos los bienes, servicios y actividades imponibles transfronterizos de exportación. Después de que las autoridades tributarias acepten la declaración, si no hay dudas, como un reembolso fraudulento del impuesto a la exportación después de la revisión, pueden solicitar el reembolso del impuesto a la exportación (exención) e informar de inmediato a los contribuyentes sobre los resultados a través de comentarios en línea.
El artículo 7 estipula que si un contribuyente no solicita la emisión de los certificados pertinentes o no declara la devolución del impuesto a la exportación (exención) dentro del período prescrito debido a la epidemia, podrá solicitar la devolución del impuesto ( exención) después de recibir todos los certificados de devolución de impuestos (exención) y los documentos electrónicos pertinentes. Después de recibir la información, solicite a la autoridad fiscal competente la emisión de los certificados o la declaración de devolución de impuestos (exención) pertinentes.
Debido a la epidemia, los contribuyentes no pueden recaudar divisas dentro del período prescrito o no pueden gestionar los procedimientos de recaudación de divisas. Una vez que se hayan cobrado las divisas o se hayan completado los procedimientos de divisas no cobradas, podrá solicitar la devolución de impuestos (exención) a las autoridades fiscales competentes.
El artículo 8 estipula que una vez completada la prevención y el control de la epidemia, los contribuyentes deben completar los formularios de declaración de aduanas en papel, formularios y materiales relacionados que deben presentarse a las autoridades fiscales competentes para el reembolso (exención) del impuesto a la exportación en de acuerdo con la normativa vigente. Las autoridades tributarias deberían revisar la información complementaria.