¿Cuál es la edad límite para que los hombres paguen la seguridad social?
Según la normativa pertinente, la edad máxima para que los hombres participen en la seguridad social es 60 años. Esto significa que los hombres pueden participar en la seguridad social desde los 16 hasta los 60 años. Los empleados varones mayores de 60 años pueden recibir una pensión básica mensualmente, siempre que hayan pagado primas de seguro de pensión durante al menos 15 años. Si el pago acumulado es inferior a 15 años, puede optar por seguir pagando hasta que cumpla las condiciones, o puede transferir las cuotas pagadas al nuevo seguro rural o al seguro social de pensión de residentes urbanos del lugar donde esté registrado. Para tipos especiales de trabajo, como trabajos intensivos en mano de obra subterránea, gran altitud y altas temperaturas, los hombres pueden jubilarse a la edad de 55 años. Por lo tanto, la edad límite para la seguridad social para los hombres es 60 años, pero la edad de jubilación para trabajos de alto riesgo es diferente.
Tipos de pago de la seguridad social:
1. Seguro de pensión: proporciona seguridad de vida básica para los empleados después de la jubilación.
2. para gastos médicos de familiares;
3. Seguro de desempleo: Proporciona asistencia financiera a los trabajadores desempleados durante un período determinado.
4. y subsidios para gastos de subsistencia para empleadas lesionadas en el trabajo;
5. Seguro de maternidad: proporcionar ciertos subsidios financieros a las empleadas por el parto.
En resumen, la edad límite superior para que los hombres participen en la seguridad social es 60 años, pero la edad de jubilación para trabajos de alto riesgo es diferente.
Base jurídica:
Medidas Provisionales del Consejo Estatal sobre Jubilaciones y Renuncias de Trabajadores
Primera
Empresas e instituciones propiedad de todo el pueblo, el partido y el gobierno Los trabajadores de agencias gubernamentales y organizaciones de masas se jubilarán si cumplen una de las siguientes condiciones:
(1) Los hombres deben tener más de 60 años, las mujeres deben tener más de 50 años de edad, y haber servido durante diez años consecutivos.
(2) Quienes realizan trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, particularmente pesados u otros trabajos nocivos para la salud, hombres mayores de cincuenta y cinco años, mujeres mayores de cuarenta y cinco años. de edad, y tener diez años consecutivos de servicio.
Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones laborales sean las mismas que las de los trabajadores.
(3) Los hombres tienen más de 50 años, las mujeres tienen más de 45 años, han trabajado continuamente durante diez años, han sido certificados por el hospital y confirmados por el Comité de Evaluación Laboral, y han perdido por completo la capacidad de trabajar.
(4) Incapacitado para el trabajo, certificado por el hospital y confirmado por el comité de valoración laboral, perdiendo completamente la capacidad para trabajar.