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¿Qué pasa con la seguridad social para los delincuentes?

1. Después de que un empleado es sentenciado, se puede considerar que ya no se cuenta el número de años de pago antes de cumplir la sentencia, pero se conservará el número real de años de pago y la cuenta personal antes de cumplir la sentencia. El interés se calcula sobre el monto de los depósitos de la cuenta personal de acuerdo con la normativa. Los presos no pueden pagar el seguro de pensión y el período de pago ya no se contará. Después de cumplir la condena, si continúa participando en el seguro y pagando primas, los años de pago se calcularán en conjunto y la cuenta de pago personal también se calculará de forma acumulativa. Para ser claros, no puedes pagar un seguro mientras cumples tu condena. También es imposible remitirlo. Si su sentencia era exagerada, la agencia de seguridad social sabía que la sentencia sería ciertamente imposible, al igual que las contribuciones individuales.

2. Cuando un empleado es penalmente responsable según la ley, el empleador puede rescindir el contrato de trabajo, pero esto no significa que el contrato de trabajo se rescinda automáticamente o deba rescindirse. El empleador tiene derecho a decidir si rescinde el contrato de trabajo. La unidad debe notificarle mediante un aviso, pero no es necesario notificarle por escrito con antelación. Siempre que le llegue el aviso de terminación del contrato de trabajo, ambas partes darán por terminada la relación contractual de trabajo de conformidad con la ley. Se pueden completar los trámites pertinentes. En otras palabras, su relación original, incluida la seguridad social, debe ser en la fábrica y empresa minera de la unidad original, incluidos los manuales de seguros y otros procedimientos. Simplemente consulte con el departamento de mano de obra de su unidad original. Si el empleador no rescinde el contrato, ¿podemos discutir si volver al trabajo después de cumplir la condena?

En tercer lugar, si un jubilado es condenado a detención penal, prisión de duración determinada o reeducación por el trabajo, la pensión básica se suspenderá durante el período de prisión o reeducación por el trabajo. Después de cumplir una condena o reeducación por el trabajo, la pensión básica puede seguir pagándose de acuerdo con la norma antes de cumplir una pena o reeducación por el trabajo, y participar en futuros ajustes de la pensión básica. Si un jubilado fallece mientras cumple una condena o reeducación por el trabajo, el capital y los intereses pagados por el individuo en su cuenta personal pueden ser heredados, pero los familiares sobrevivientes no disfrutan del tratamiento correspondiente. Los jubilados que hayan sido condenados a vigilancia pública, prisión de duración determinada y libertad condicional, o que hayan cumplido condenas fuera de prisión, podrán seguir recibiendo pensiones básicas, pero no participarán en el ajuste de las pensiones básicas. Mientras un jubilado sea buscado bajo sospecha de un delito o esté detenido sin condena, se suspenderá su pensión básica. Si el tribunal lo declara inocente, se volverá a emitir la orden de detención o la pensión básica durante la detención.

Lectura ampliada: Cómo contratar un seguro, cuál es mejor y enseñarte cómo evitar estos "escollos" de los seguros.

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