¿Es un delito pedir dinero prestado a particulares utilizando certificados inmobiliarios falsos?
Base jurídica: “Derecho Penal de la República Popular China”
Artículo 280: Falsificar, alterar, comprar y vender, o robar, incautar o destruir documentos, certificados, y sellos de organismos estatales, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y además será multado si las circunstancias son graves, será sancionado con pena fija; pena de prisión no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa. El que falsifique el sello de una empresa, empresa, institución u organización popular será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también con multa. Quien falsifique, altere, compre o venda documentos de identidad de residente, pasaportes, tarjetas de seguridad social, permisos de conducir y otros documentos que puedan servir para acreditar la identidad conforme a la ley, será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años, penal. detención, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también será multado si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también será multado;
Artículo 266: El que defraude bienes públicos o privados, y la cuantía sea relativamente importante, será sancionado con prisión fija no mayor de tres años, prisión o vigilancia penal, y será también o únicamente multado si el monto es elevado o concurren otras circunstancias graves, quienes cometan delitos serán sancionados con pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de diez años, y también serán multados si el monto es elevado; enormes o concurran otras circunstancias especialmente graves, serán condenados a pena privativa de libertad no inferior a diez años o a cadena perpetua, y también se les impondrá una multa o se les confiscarán sus bienes. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.
Artículo 224: Durante el proceso de celebración y ejecución de un contrato, se entenderá obligado a defraudar a la otra parte, en cualquiera de las siguientes circunstancias, un bien con el fin de poseerlo ilícitamente, y la cantidad sea relativamente elevada. , será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva, y se le impondrá multa simultánea o única si la cuantía es enorme o concurren otras circunstancias graves, será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años; menos de tres años pero no más de diez años, y también será multado si la cantidad es particularmente elevada o concurren otras circunstancias particularmente graves, será condenado a pena de prisión de no menos de tres años pero no más de; diez años y también será multado si la cantidad es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, será condenado a pena de prisión de duración determinada no inferior a diez años o cadena perpetua, y multa o confiscación de bienes:
(1) Firmar un contrato a nombre de una unidad ficticia u otra persona;
(2) Utilizar falsificación, alteración, nulidad de Hipoteca con letras u otros certificados de derechos de propiedad falsos;
(3) Primero ejecutar un contrato de pequeña cantidad o ejecutar parcialmente el contrato, engañar a la otra parte para que continúe firmando y ejecutando el contrato y no tener capacidad real para ejecutarlo;
( 4) Después de recibir el pago, pago por adelantado o propiedad garantizada de la otra parte
(5) Utilizar otros medios para defraudar a la otra parte en bienes;