¿Necesito llevar cuentas para la exención del IVA el 1 de abril?
Según el anuncio número 15 del Ministerio de Hacienda y de la Administración Estatal de Impuestos, a partir del 1 de abril de 2022, ¡los pequeños contribuyentes estarán exentos del IVA al tipo del 3%!
La tasa impositiva del 3% es aplicable a las pequeñas escalas y está exenta del impuesto al valor agregado. ¿Cómo hacer cuentas?
Según la respuesta anterior del departamento de contabilidad, las empresas no necesitan llevar contabilidad del Impuesto sobre el Valor Añadido que está directamente exento.
Ejemplo: la empresa A es un pequeño contribuyente. En abril, emitió una factura libre de impuestos por 654,38 millones de yuanes y se recibió el dinero. Luego:
Débito: depósito bancario 100.000.
Préstamo: Los ingresos del negocio principal son 100.000.
Si hay una pequeña empresa con una tasa impositiva del 5%, se seguirá aplicando la política de exención de impuestos trimestral de 450.000 RMB. Cuando se alcance la exención tributaria, los impuestos correspondientes se trasladarán a ingresos no operacionales u otros ingresos.
Por ejemplo, la empresa A es un pequeño contribuyente. En el segundo trimestre, se emitieron facturas libres de impuestos por valor de 654,38 millones de yuanes, se emitieron cupones generales del 5% por valor de 200.000 yuanes y el importe del impuesto fue de 10.000 yuanes. Todo el dinero recibido. Luego:
Al obtener ingresos por ventas:
Débito: depósito bancario 310.000
Préstamo: ingreso comercial principal de 300.000 yuanes.
Impuestos a pagar - IVA a pagar 10.000
Dado que las ventas de la empresa A en el segundo trimestre no superaron los 450.000 yuanes, el 5% de su negocio está libre de impuestos:
Débito: Impuestos a pagar - Impuesto al valor agregado a pagar 10.000
Préstamo: Otros ingresos/ingresos no operativos 10.000.
Para el impuesto al valor agregado que se reduce o exime directamente en el período actual, la empresa debe realizar un tratamiento contable de acuerdo con las disposiciones pertinentes de las "Disposiciones para el Tratamiento Contable del Impuesto al Valor Agregado" (No. 2016), el débito de la cuenta “Impuesto por Pagar - Por Pagar” Impuesto al Valor Agregado (reducido o exento)” se acredita a la cuenta “otros ingresos”.