Requisitos de divulgación previa para los informes provisionales de las empresas que cotizan en bolsa
Base jurídica: “Medidas para la administración de la divulgación de información por parte de las sociedades cotizadas”
Artículo 19 Los informes periódicos que deberán divulgar las sociedades cotizadas incluyen informes anuales, informes intermedios y informes trimestrales. Debe divulgarse toda la información que tenga un impacto significativo en las decisiones de inversión de los inversores. El informe de contabilidad financiera del informe anual será auditado por una firma de contadores con calificaciones comerciales relacionadas con valores y futuros.
Artículo 20 El informe anual se completará y divulgará dentro de los 4 meses posteriores al final de cada año fiscal, el informe intermedio se completará y divulgará dentro de los 2 meses posteriores al final de la primera mitad de cada año fiscal. , y el informe trimestral se completará y divulgará dentro de los 2 meses posteriores al final de la primera mitad de cada año fiscal. El informe se completará y divulgará dentro de los 65,438+0 meses posteriores al final del tercer y noveno mes de cada año fiscal. . El momento de divulgación del informe trimestral del primer trimestre no será anterior al momento de divulgación del informe anual del año anterior.