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¿Puedo pagar el fondo de previsión de vivienda sin pagar la seguridad social?

Subjetividad jurídica:

Una vez firmado un contrato laboral con la empresa, ésta proporcionará a los empleados cinco seguros y un fondo de vivienda. Pero según las disposiciones legales, ya sea la seguridad social o el fondo de previsión de vivienda, la empresa debe asumir una parte según la proporción prescrita. Por lo tanto, para evitar asumir responsabilidades más pesadas, algunas empresas sólo asumieron el fondo de previsión de vivienda con responsabilidades más ligeras, pero no contrataron seguridad social. De conformidad con las disposiciones legales pertinentes, todas las agencias estatales, empresas estatales, empresas colectivas urbanas, empresas con inversión extranjera, empresas privadas urbanas y otras empresas, instituciones, unidades privadas no empresariales y grupos sociales urbanos (en adelante, unidades ) establecerán un sistema de fondo de previsión para la vivienda de conformidad con la ley y sus empleados contribuirán al fondo de previsión para la vivienda de acuerdo con la proporción y la base prescritas. Cada empleador debe incorporar el fondo de previsión de vivienda para los empleados en los términos del contrato laboral y pagar el fondo de previsión de vivienda para los empleados en su totalidad mensualmente. Sin embargo, es una obligación obligatoria para la empresa contratar seguridad social para sus empleados. La unidad debe encargarse de los procedimientos de seguro social de los empleados y pagar las primas de seguro social de los empleados. La unidad retendrá y remitirá la parte que corresponde a los individuos de sus salarios. En circunstancias normales, los empleados deben firmar un contrato con la unidad al incorporarse a la empresa. En caso de conflicto, el contrato puede utilizarse como prueba de la relación laboral entre el empleado y la unidad. Mientras exista una relación laboral, las empresas deben hacerse cargo de la seguridad social de sus empleados. Si las dos partes no han firmado contrato, el empleado puede conservar todas las nóminas, certificados sellados, ropa de trabajo y demás materiales que acrediten la relación laboral con la unidad. Una vez que la unidad no solicita la seguridad social, puede iniciar un arbitraje en la institución de arbitraje laboral donde está ubicada la empresa. Por lo tanto, la empresa no sólo puede pagar el fondo de previsión de vivienda, sino también la seguridad social. El fondo de previsión de vivienda y la seguridad social son contribuciones obligatorias por ley y reglamento. La empresa no puede pagar sólo a uno o incluso dos de ellos, de lo contrario la empresa asumirá las consecuencias legales correspondientes y los empleados también pueden exigir a la empresa que pague de acuerdo con la ley. Finalmente, si la empresa sólo compra fondos de previsión para vivienda y no compra seguridad social, puede solicitar a tiempo el arbitraje laboral. Si hay muchas personas que no contratan seguridad social, se recomienda unir fuerzas y confiar a uno o dos abogados profesionales para participar en el arbitraje.

Objetividad jurídica:

Artículo 15 del "Reglamento para la Administración del Fondo de Previsión de la Vivienda" Cuando una unidad contrata empleados, debe acudir al Centro de Gestión del Fondo de Previsión de la Vivienda para registrarse depositar dentro de los 30 días siguientes a la fecha de empleo, y gestionar los procedimientos para el establecimiento o transferencia de cuentas de fondos de previsión para vivienda de los empleados. Si la unidad termina la relación laboral con sus empleados, deberá acudir al Centro Gestor del Fondo de Previsión de Vivienda para tramitar el registro de cambio dentro de los 30 días siguientes a la fecha de terminación de la relación laboral, y realizar los trámites de traslado o sellado del empleado. cuenta del fondo de previsión de vivienda. El artículo 37 del "Reglamento de Gestión del Fondo de Previsión para la Vivienda" viola las disposiciones de este Reglamento y no registra el pago y depósito de los fondos de previsión para la vivienda o no completa los procedimientos para la creación de cuentas del fondo de previsión para la vivienda para los empleados, la Gestión del Fondo de Previsión para la Vivienda El Centro ordenará que se complete dentro de un plazo; si no lo hace dentro del plazo, se impondrá una multa no inferior a 6.543.800 RMB pero no superior a 50.000 RMB.

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