¿Qué significa "fruta"?
La ganancia es un concepto jurídico en el derecho civil, que se refiere a los ingresos adicionales que genera la cosa original. Según el derecho civil, el interés se divide en interés natural e interés jurídico. La ganancia es originalmente la simetría de la cosa original. Su concepto se originó en la época del Derecho Romano, y originalmente se refería a las cosas producidas de la tierra para el consumo humano y animal de forma regular, como el trigo. Posteriormente, con la creciente prosperidad de las ciencias jurídicas, el significado de "fruto" se fue ampliando paulatinamente, y ya no se refiere sólo a los productos de la tierra, sino que también incluye diversos ingresos generados periódicamente a partir del uso de las cosas originales, entre ellas no sólo los frutos de las plantas, pero también los frutos del ganado vacuno y de los caballos, los terneros, los potros e incluso los minerales de las minas constituyen intereses. El artículo 321 del Código Civil establece que los frutos naturales los obtendrá el propietario; si hay propietario y usufructuario, el interés natural lo obtendrá el usufructuario. Si las partes acuerdan lo contrario, prevalecerá dicho acuerdo. El interés jurídico, si las partes tienen un acuerdo, se obtendrá conforme al acuerdo; si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se obtendrá conforme a las costumbres de transacción.
En resumen, ¿sabes qué significa rendimiento?
Base Legal
Artículo 321 de la “República Popular China y Código Civil” Los frutos naturales y los frutos legales atribuibles a frutos naturales serán obtenidos por el propietario si existe ambos; propietario y un usufructuario, el usufructuario deberá obtenerlo. Si las partes acuerdan lo contrario, prevalecerá dicho acuerdo. El interés jurídico, si las partes tienen un acuerdo, se obtendrá conforme al acuerdo; si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se obtendrá conforme a las costumbres de transacción.