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Trabajas los 7 días del mes. ¿Pagas seguridad social cuando renuncias?

1. Si dejo mi trabajo los 7 días del mes, ¿tengo que pagar seguridad social?

1. Si trabajas los 7 días del mes, necesitas tomar vacaciones y pagar la seguridad social. También existe una relación laboral en el mes de la renuncia, por lo que la empresa debe pagar la seguridad social de los empleados en el mes de la renuncia. El empleador deberá solicitar a la agencia de seguro social el registro del seguro social de sus empleados dentro de los 30 días siguientes a la fecha de empleo. Si no se completa el registro del seguro social, la agencia del seguro social determinará las primas del seguro social a pagar.

2. Base jurídica: artículo 58 de la "Ley de Seguro Social de la República Popular China"

El empleador deberá presentar una solicitud a la agencia de seguro social dentro de los 30 días siguientes a la fecha de empleo. Sus empleados deben registrarse en el seguro social. Si no se completa el registro del seguro social, la agencia del seguro social determinará las primas del seguro social a pagar.

Los hogares industriales y comerciales individuales sin empleados que participen voluntariamente en el seguro social, los empleados a tiempo parcial que no participen en el seguro social del empleador y otro personal de empleo flexible deben solicitar a la agencia de seguro social asistencia social. registro de seguro.

El estado establece un número de seguridad social personal unificado a nivel nacional. El número de seguro social de un individuo es el número de identificación de un ciudadano.

En segundo lugar, ¿qué debo hacer si mi empleador no paga la seguridad social?

Si el empleador no firma un contrato laboral con el empleado, el empleado debe conservar alguna evidencia de la relación laboral real con el empleador. Además, es mejor encontrar evidencia del momento en que el empleado comenzó a trabajar en el empleador, lo que ayudará a calcular el momento en que se debe pagar el seguro.

Los casos de disputas laborales deben pasar por procedimientos de arbitraje antes de poder presentarse ante los tribunales, por lo que los trabajadores solo pueden presentar un arbitraje primero ante el comité de arbitraje local. Si no están satisfechos con el laudo arbitral o el comité de arbitraje, pueden presentar una demanda ante los tribunales y exigir al empleador el pago del seguro social y una compensación económica.

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