Se han acumulado las primeras deudas incobrables, pero aún no se ha emitido sentencia judicial, ¿puedo cancelar la deuda?
stLas deudas incobrables han sido acumuladas, pero aún no se ha dictado sentencia judicial, por lo que no se puede eliminar la deuda. Según la información pública relevante, los hechos básicos de la investigación abierta no están de acuerdo con la eliminación de las acciones de ST. Sólo cuando el tribunal tome una decisión se podrá llevar a cabo la operación de eliminación a la que se refiere. las acciones especiales de las empresas cotizadas nacionales también están sujetas a advertencias de riesgo de exclusión de la lista. Las acciones ST se refieren a acciones que han sido operadas por empresas cotizadas nacionales con pérdidas durante dos años consecutivos y están sujetas a advertencias de riesgo de exclusión de la cotización.