Se procesó una tarjeta de crédito sin su conocimiento.
Comprueba uno por uno. Para las tarjetas de crédito no utilizadas, primero verifique si la fecha de vencimiento ha vencido. Si lo hay, puedes ignorarlo. De lo contrario, comuníquese con el banco emisor de la tarjeta para confirmar y solicitar la cancelación.
Preste atención a proteger la información personal en el futuro para garantizar que no se filtre. Evite problemas innecesarios.
Base jurídica: "Interpretaciones del Tribunal Supremo Popular y de la Fiscalía Suprema Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en la tramitación de casos penales por obstrucción a la gestión de tarjetas de crédito".
Artículo 3: Robar, comprar o proporcionar ilegalmente información de tarjetas de crédito de otras personas, lo suficiente como para falsificar tarjetas de crédito que puedan usarse para transacciones, o hacer que otros realicen transacciones en nombre del titular de la tarjeta de crédito. que involucren más de 1 pero menos de 5 tarjetas de crédito, De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 177-1 de la Ley Penal, el delito de robo, compra o suministro ilegal de información de tarjetas de crédito será condenado y sancionado si hay más; Si se trata de más de 5 tarjetas de crédito, se considerará delito previsto en el artículo 177-1 de la Ley Penal la “cantidad enorme” especificada en el párrafo.
Artículo 4: Producir o proporcionar materiales falsos de certificación crediticia como estado de propiedad, ingresos, posición, etc. para solicitantes de tarjetas de crédito, involucrando falsificación, alteración, compra y venta de documentos oficiales, certificados, sellos de agencias estatales. , o empresas, empresas de falsificación, Si los sellos de instituciones públicas y organizaciones populares deben ser investigados por responsabilidad penal, serán sancionados por el delito de falsificación, alteración y comercio de documentos, certificados y sellos oficiales de agencias estatales y el Delito de falsificación de sociedades y empresas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 de la Ley Penal.