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¿Se puede acortar el plazo de amortización de los préstamos del fondo de previsión para la vivienda?

No, el prestatario puede realizar pagos parciales por adelantado, pero no se puede acortar el plazo del préstamo. Al solicitar un préstamo, se estipula en el contrato de préstamo firmado por el prestatario, el centro, el banco fiduciario y el promotor. Una vez que se firma el contrato, se vuelve legalmente vinculante.

Según el artículo 77 del Capítulo 5 de la “Ley de Contratos”, el contrato puede ser modificado previo consenso de las partes. Además del centro y el prestatario, en el contrato de préstamo existen dos partes: el banco confiante y el promotor. Incluso si las cuatro partes acuerdan que el prestatario debe acortar el período de amortización, basándose en el principio de autenticidad, sólo pueden firmar un acuerdo complementario al contrato de préstamo para estipular un nuevo período de préstamo. Sin embargo, este acuerdo complementario no será reconocido por. El departamento de vivienda y construcción cuando se cambia la hipoteca requiere que las cuatro partes vuelvan a firmar un nuevo contrato de préstamo, lo que es contrario al principio de autenticidad e inconsistente con los expedientes de préstamo originales del centro y del banco fiduciario. Por las razones anteriores, acortar el período de reembolso durante el período del préstamo actualmente no es factible y difícil de implementar.

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