¿Cómo afrontar los gastos de promoción empresarial en los que incurre la empresa?
1. Los honorarios de promoción empresarial se refieren a los honorarios que paga una empresa para realizar actividades de promoción empresarial, refiriéndose principalmente a los gastos de publicidad que no se difunden a través de los medios de comunicación, incluidos los impresos. Documentos corporativos emitidos por la empresa. Logotipo para regalos, souvenirs y más.
2. A menos que las autoridades financieras y tributarias del Consejo de Estado estipulen lo contrario, los gastos de publicidad elegibles y los gastos de promoción comercial incurridos por una empresa no excederán el 65,438 + 05% de los ingresos por ventas (operativos) de la misma. año y se deducirá; el exceso se permitirá trasladar y deducir en ejercicios fiscales futuros.
3. Para empresas o productos a los que no se les permite hacer publicidad según las leyes, reglamentos o regulaciones de gestión de la industria nacionales pertinentes, se considerarán los gastos incurridos por la empresa en forma de publicidad de servicio público o anuncios de servicio público. como gastos de promoción empresarial y se deducirán según la proporción prescrita.
Asientos contables de honorarios de promoción empresarial
1. Los gastos de promoción incurridos por la empresa se incluyen en "gastos de ventas". Si la empresa no ha implementado las nuevas normas contables, se incluyen. en “gastos de operación – gastos de negocio”. Préstamo: Gastos de ventas - gastos de promoción empresarial. Préstamos: depósitos bancarios/efectivo en caja.
2. Los gastos de promoción empresarial incurridos por la empresa durante el año no excederán el 5‰ de los ingresos anuales por ventas (operativos). El exceso no se deducirá antes de impuestos y se realizarán ajustes fiscales. Los gastos de promoción incluyen materiales promocionales, materiales promocionales comerciales, tarifas de exhibición, obsequios impresos con logotipos corporativos, tarifas de diseño de relaciones públicas, así como los gastos de alojamiento, materiales, mano de obra, vestimenta, tarifas de alquiler de locales, etc., mencionados anteriormente, relacionados con la promoción de productos. En una palabra, los gastos de promoción empresarial son gastos publicitarios que las empresas no logran transmitir a través de los medios. La ley tributaria estipula que los gastos de promoción empresarial que no excedan el 65,438 + 05% de los ingresos por ventas (operativos) del año en curso pueden deducirse con un certificado de cumplimiento que pueda demostrar la ocurrencia real de los gastos relevantes. reenvío y deducción en ejercicios fiscales posteriores.