Hola, el cliente lleva 6-7 años en mora y no le han devuelto el dinero. ¿Cómo solucionarlo?
Análisis Legal
Si existe un contrato de compraventa, entonces el acreedor tiene pruebas que demuestran que existe una relación jurídica como de compraventa o suministro con la empresa cliente. Si no existe un contrato de venta, pruebas como los pedidos de los clientes y las facturas de los acreedores también pueden probar la existencia de una relación contractual de venta de facto. Si hay un recibo escrito, entonces el acreedor tiene evidencia para probar el número real de transacciones. Sólo firmando el recibo o combinándolo con el contrato de venta puede probar aún más el monto del pago a pagar por la transacción real.
Recomendación personal
Si el cliente no devuelve el dinero en mucho tiempo se puede solucionar por la vía legal. Determinar si el cliente es una empresa o un particular. Si se trata de una empresa, ya sea que siga funcionando normalmente o en quiebra, si es lo primero, puede presentar una demanda directamente ante el tribunal; si es lo segundo, necesita conocer la información de identidad de la otra parte que tiene delante; puede presentar una demanda ante el tribunal. Si el deudor ha vivido localmente durante un año. Si ha vivido localmente durante más de un año, puede presentar una demanda directamente en el tribunal local; si no puede encontrarla, diríjase al tribunal donde está registrada la otra parte; Por supuesto, también se puede solucionar a través del cobro judicial de la empresa. Contrata un equipo profesional, que suele ser en forma de agentes de riesgo, para compartir el dinero en proporción al dinero a devolver. Pero tenga cuidado de elegir algunos equipos de buena reputación.
Análisis jurídico
Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China
Artículo 3 El Tribunal Popular acepta casos que involucran a ciudadanos, personas jurídicas, otras organizaciones y relaciones de propiedad. y las controversias personales entre ellos. Las disposiciones de esta Ley se aplicarán a los procesos civiles interpuestos entre sí.
Artículo 214 Si un acreedor solicita al deudor el pago de dinero o valores y cumple las siguientes condiciones, podrá solicitar al tribunal popular de base competente una orden de pago:
( 1 ) No existen otras disputas de deuda entre el acreedor y el deudor;
(2) La orden de entrega se puede entregar al deudor. La solicitud deberá indicar el importe y la cantidad específicos solicitados para el pago, así como los hechos y pruebas pertinentes.