¿Qué debo hacer si la cooperativa de suministro y comercialización no paga seguridad social a sus empleados?
Base legal: Artículo 19 de la "Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales": El comité de arbitraje de conflictos laborales está compuesto por representantes del departamento administrativo laboral, sindicatos y empresas. Los miembros de la comisión arbitral de conflictos laborales serán un número impar.
El Comité de Arbitraje de Conflictos Laborales desempeña las siguientes funciones de conformidad con la ley:
(1) Nombrar y destituir a los árbitros de tiempo completo o parcial;
>(2) Aceptar casos de conflictos laborales;
(3) Discutir casos de conflictos laborales importantes o difíciles;
(4) Supervisar las actividades de arbitraje.
El Comité de Arbitraje de Conflictos Laborales cuenta con una oficina responsable del trabajo diario del Comité de Arbitraje de Conflictos Laborales.