¿Cuáles son las disposiciones del ordenamiento jurídico contable sobre la corrección de errores en comprobantes originales?
(1) Si el comprobante original contiene errores, será reexpedido o corregido por la unidad emisora, y la corrección será estampada con el sello de la unidad emisora.
(2) Si hay un error en el monto del bono original, éste será reemitido por la unidad emisora y no se realizarán correcciones en el bono original.
El contenido de la auditoría de los comprobantes originales incluye principalmente: autenticidad, legalidad, racionalidad, integridad, corrección y actualidad.
(1) Para los comprobantes originales que cumplan plenamente con los requisitos, los comprobantes contables deben prepararse de manera oportuna e ingresarse en la cuenta.
(2) Para los comprobantes auténticos, legales y; contenido razonable pero insuficientemente completado, los comprobantes originales con errores deben devolverse al personal de manejo correspondiente, quien será responsable de completar los comprobantes correspondientes, corregir errores o reabrirlos antes de completar los procedimientos contables formales.
(3) Las instituciones contables y los contadores tienen derecho a no aceptar comprobantes originales falsos e ilegales y reportarlos al responsable de la unidad.