Cuestiones contables del impuesto sobre la renta de las sociedades de fin de trimestre
1. Tratamiento contable del impuesto sobre la renta pagado mensualmente (trimestralmente) Según la ley tributaria, el impuesto sobre la renta empresarial debe calcularse anualmente y pagarse por adelantado mensual o trimestralmente.
Al final de cada mes, las empresas deben transferir los saldos de fin de mes de las cuentas de costos e impuestos al lado deudor de la cuenta "beneficio del año" y transferir el saldo de la cuenta de ingresos a el lado acreedor de la cuenta "beneficio del año". Luego calcule la diferencia entre los montos de débito y crédito del período actual en la cuenta "Beneficio del año". El saldo acreedor es la ganancia total obtenida por la empresa este mes, es decir, la ganancia contable antes de impuestos, y el saldo deudor es la pérdida total de la empresa este mes.
Debido a la diferencia permanente y a la diferencia temporal entre el beneficio contable antes de impuestos y los ingresos fiscales, en contabilidad se puede utilizar el "método de impuestos a pagar" o el "método de contabilidad de impacto fiscal".
(1) Método de la cuota a pagar El método de la cuota a pagar incluye directamente en el resultado del periodo corriente la cuota a pagar derivada de la diferencia entre el beneficio contable corriente antes de impuestos y la base imponible, sin diferirlo a cuentas posteriores. períodos. Según el método del impuesto a pagar, el gasto por impuesto a la renta incluido en la utilidad o pérdida del período actual es igual al impuesto a la renta a pagar del período actual.
Bajo el método de la renta imponible, las empresas deben ajustar las ganancias contables antes de impuestos de acuerdo con las disposiciones de la ley tributaria para obtener la renta imponible, es decir, los ingresos tributarios, y luego calcular el impuesto sobre la renta a pagar por el período actual de acuerdo con la tasa impositiva estipulada en la ley tributaria, y calcularlo directamente Incluido en las ganancias y pérdidas del período actual como un gasto.
La empresa deberá calcular el impuesto a la renta a pagar de acuerdo con lo establecido en la ley tributaria:
Débito: impuesto a la renta
Préstamo: impuesto a pagar - impuesto a la renta por pagar
Al final del mes o trimestre, cuando una empresa paga por adelantado el impuesto sobre la renta pagadero para este mes (o este trimestre) según lo requerido, se deben realizar los siguientes asientos contables:
Débito: impuesto a pagar - impuesto a la renta a pagar
p>Préstamos: Depósitos bancarios
Al final del mes, la empresa debe transferir el saldo deudor de la cuenta "impuesto a la renta" como gasto a la cuenta “beneficio del ejercicio”, y realice los siguientes asientos contables:
Débito: Beneficio del ejercicio
Abono: Impuesto sobre la renta
(2) Método de contabilidad del impacto fiscal El método de contabilidad del impacto fiscal combina el momento del resultado contable antes de impuestos actual y de los ingresos fiscales. El importe del impacto fiscal que surge de las diferencias se difiere y se asigna a períodos posteriores.
Los métodos de contabilidad de impacto fiscal se pueden dividir en dos tipos: “método diferido” y “método de deuda”.
①Método de extensión. El método de diferimiento consiste en retener el monto del impuesto que se ve afectado por las diferencias temporales en el período actual hasta el período posterior cuando la diferencia cambie en la dirección opuesta. Cuando la tasa impositiva cambia o se recaudan nuevos impuestos, no hay necesidad de ajustar el impacto en el saldo de "impuestos diferidos" debido al cambio en la tasa impositiva o la recaudación de nuevos impuestos. El monto del impuesto afectado por la diferencia horaria en el período actual se calcula de acuerdo con la tasa impositiva actual, y el monto del impuesto afectado por la diferencia horaria en el período anterior cancelado en el período actual se calcula de acuerdo con la tasa impositiva original.
Cuando una empresa adopta el método diferido, debe debitar el gasto por impuesto a la renta calculado con base en la utilidad contable antes de impuestos (o el monto después de la diferencia permanente entre la utilidad contable antes de impuestos y la utilidad contable antes de impuestos). ) y acreditar el monto calculado con base en los ingresos tributarios Para el impuesto a la renta a pagar, la diferencia entre el gasto del impuesto a la renta calculado con base en la ganancia contable antes de impuestos (o el monto después de la diferencia permanente entre la ganancia contable antes de impuestos y el impuesto a la renta a pagar calculado sobre la base de los ingresos fiscales) se debita como impuesto diferido. Cuando el impuesto diferido incurrido en el período actual se da de baja en períodos posteriores, si es un saldo deudor, se debe debitar la cuenta de impuesto a la renta y se debe acreditar a la cuenta de impuesto diferido si es un saldo acreedor, “Impuesto Diferido”; se debe debitar y acreditar “Impuesto a la Renta”. Cuando efectivamente se paga el impuesto sobre la renta, se debita la cuenta "Impuesto por Pagar - Impuesto sobre la Renta por Pagar" y se acredita la cuenta "Depósito Bancario".
(2) Ley de obligaciones. El método del pasivo retiene el monto que afecta el impuesto del período actual debido a diferencias temporales hasta que la diferencia cambia en la dirección opuesta. Cuando las tasas impositivas cambian o se imponen nuevos impuestos, el saldo de impuestos diferidos debe ajustarse en función de los cambios en las tasas impositivas o los nuevos impuestos.
2. Tratamiento contable de la liquidación final
Al final del año, la empresa deberá calcular el beneficio total obtenido durante el año con base en la información relevante del “Beneficio del Cuenta "Año".
Las empresas ajustarán sus ganancias totales de acuerdo con las regulaciones, incluida la compensación de pérdidas de años anteriores y la deducción de las ganancias de inversiones de los impuestos sobre la renta pagados. El saldo ajustado constituye la renta imponible de la empresa para el año. El impuesto a pagar de la empresa se calcula sobre la base de la renta imponible del año en curso multiplicada por la tasa impositiva prescrita. Si una empresa tiene ingresos en el extranjero, el impuesto sobre la renta que haya pagado en el extranjero se deducirá del impuesto a pagar de conformidad con las normas.
Cuando una empresa realiza la liquidación y el pago final, el impuesto real a pagar para el año calculado por la empresa es mayor que el impuesto sobre la renta pagado anticipadamente durante todo el año, y el pago insuficiente se pagará en el año siguiente.
Al calcular el impuesto pagado de menos, realice los siguientes asientos contables:
Débito: Impuesto a la Renta
Préstamo: Impuesto a Pagar - Impuesto a la Renta a Pagar
p >Cuando realmente pague el impuesto pagado de menos, realice los siguientes asientos contables:
Débito: impuesto por pagar - impuesto sobre la renta por pagar
Préstamo: depósito bancario p>
El pago excesivo se puede compensar el próximo año.
3. Tratamiento contable de las reducciones y exenciones del Impuesto sobre Sociedades
De acuerdo con la legislación fiscal, cuando una empresa disfruta de medidas de reducción o exención de impuestos, debe calcular y registrar el importe del impuesto. pagar por reducciones y exenciones de impuestos, y hacer declaraciones de impuestos de acuerdo con la reglamentación.
Cuando una empresa calcula el importe del impuesto a pagar de acuerdo con la normativa, debe realizar los siguientes asientos contables:
Débito: impuesto sobre la renta
Préstamo: impuesto a pagar - impuesto a la renta a pagar
Préstamo: impuesto a pagar - impuesto a la renta a pagar
p>
Las empresas que recaudan impuestos primero y reembolsan después deben realizar los siguientes asientos al pagar impuestos de acuerdo con las regulaciones:
Débito: impuesto a pagar - impuesto sobre la renta a pagar
Préstamo: banco depósito
Cuando una empresa recibe el impuesto a la renta declarado conforme a la normatividad, debe realizar los siguientes asientos contables:
Débito: depósito bancario
Préstamo: impuesto por pagar - impuesto sobre la renta por pagar
Al mismo tiempo:
Débito: impuestos por pagar - impuesto sobre la renta por pagar
Préstamo: reserva excedente
4. Ajuste de las ganancias de años anteriores Tratamiento contable del impuesto sobre la renta
Después de que los departamentos pertinentes auditen las cuentas finales anuales de la empresa, si se descubre que los asuntos contables de años anteriores involucran ganancias y pérdidas, las ganancias totales y se debe ajustar la distribución de utilidades de años anteriores, se debe calcular el impuesto sobre la renta pagado en exceso o de menos y se deben manejar los procedimientos de pago atrasado o devolución de impuestos.
Cuando una empresa ajusta las ganancias de años anteriores de acuerdo con la normativa, si el ajuste aumenta las ganancias de años anteriores o reduce las pérdidas de años anteriores, se realizan los siguientes asientos:
Débito: cuentas relacionadas
Préstamo: Distribución de utilidades - Utilidades no distribuidas
Para el aumento de utilidades después del ajuste, se debe pagar el impuesto sobre la renta de acuerdo con las regulaciones y se deben realizar los siguientes asientos:
Débito: Distribución de utilidades - Utilidades no distribuidas
Préstamo: Impuestos por Pagar - Impuesto sobre la Renta por Pagar
Cuando el impuesto sobre la renta esté efectivamente pagado, realice el siguiente asiento:
Débito: Impuestos por Pagar - Impuesto a la Renta Impuesto a la Renta por Pagar
Préstamos: depósitos bancarios
Cuando se realizan ajustes para reducir la utilidad o aumentar la pérdida del año anterior, se aplicará lo siguiente se realizan asientos:
Débito: Distribución de utilidades - Utilidades no distribuidas
Crédito: cuentas relacionadas
Para los impuestos que deben ser reembolsados por la reducción de utilidades, realice los siguientes asientos:
Débito: impuestos por pagar - Impuesto sobre la renta por pagar
Préstamos: Distribución de utilidades - Utilidades no distribuidas
Cuando se trate de devoluciones de impuestos y recuperación de impuestos como requerido, realice los siguientes asientos:
Débito: Depósito bancario
Préstamo: impuesto a pagar - impuesto a la renta a pagar