"Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 65438+08-Diferencias Temporales en el Impuesto a la Renta"
Según el impacto de las diferencias temporarias en el impuesto a pagar futuro, se pueden dividir en diferencias temporarias imponibles y diferencias temporarias deducibles.
Artículo 8 Las diferencias temporarias imponibles se refieren a las diferencias temporarias que surgirán al determinar la renta imponible durante el período en que se recuperen los activos o se liquiden los pasivos en el futuro.
Artículo 9 Las diferencias temporarias deducibles se refieren a diferencias temporarias que resultarán en montos deducibles cuando se recuperen activos o se liquiden pasivos en períodos futuros.