¿Qué leyes violó el contador al no proporcionar cuentas a la agencia de inspección disciplinaria?
El artículo 35 de la "Ley de Contabilidad de la República Popular China" estipula: "Cada unidad debe aceptar la supervisión e inspección llevadas a cabo por los departamentos de supervisión e inspección pertinentes de acuerdo con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos, y proporcionar verazmente comprobantes contables, libros de contabilidad, informes contables financieros y otra información contable y la información relacionada no debe ser rechazada, ocultada o declarada erróneamente."
Si un contador se niega a rendir cuentas ante la agencia de inspección disciplinaria o la agencia judicial y viola las disposiciones del artículo 162-1 y el artículo 300-12 de la Ley Penal de la República Popular China, lo que constituye una delito, Investigar la responsabilidad penal de conformidad con la ley.
Apéndice: "Ley de Contabilidad de la República Popular China" (Extracto)
Artículo 35 Todas las unidades deben cumplir con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes y aceptar la implementación por parte de las autoridades pertinentes. Los departamentos de supervisión e inspección de conformidad con la ley, proporcionarán verazmente comprobantes contables, libros de contabilidad, informes de contabilidad financiera y otra información contable e información relevante, y no rechazarán, ocultarán ni emitirán informes falsos.
Anexo: "Derecho Penal de la República Popular China" (Extracto)
Artículo 162-1 Ocultar o destruir deliberadamente comprobantes contables, libros contables y contabilidad financiera que deban conservarse en de conformidad con la ley Si las circunstancias son graves, el infractor será condenado a una pena de prisión de duración determinada de no más de cinco años o a detención penal, y también o únicamente a una multa de no menos de 20.000 yuanes pero no más de 200.000 yuanes.
Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Artículo 312 El que a sabiendas oculte, transfiera, adquiera, venda por cuenta propia, u oculte u oculte por otros métodos, será castigado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, detención o vigilancia criminal, y será también o únicamente multado, si las circunstancias fueren graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también será multado;
Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.