¿Cuál es la fórmula de las acciones?
Los warrants son opciones de compra emitidas por una sociedad anónima para suscribir sus acciones. Otorga al titular el derecho de comprar una determinada acción de la empresa emisora a un precio previamente acordado dentro de un período de tiempo determinado. Para las empresas financieras, la emisión de warrants es un método de financiación especial.
El warrant en sí contiene condiciones de opción. Su titular no tiene derechos de deuda ni de capital en la empresa emisora antes de suscribir acciones, sino sólo el derecho a suscribir acciones. No obstante, la empresa emisora puede recaudar efectivo mediante la emisión de warrants, ya sea como compensación a los suscriptores cuando se forma la empresa.
Es un certificado de derechos que estipula el derecho (pero no la obligación) del titular del valor de comprar las acciones subyacentes al emisor a un precio acordado dentro de un período específico.
Dependiendo del emisor, los warrants se dividen en warrants sobre acciones y warrants cubiertos. Los warrants sobre acciones son warrants en sentido estricto y son emitidos por empresas que cotizan en bolsa. Los warrants cubiertos son warrants amplios emitidos por terceros distintos de las empresas cotizadas (generalmente sociedades de valores, bancos, etc.). ) y no aumenta el capital social de la sociedad anónima. En términos generales, una garantía generalmente se refiere a un valor emitido por un emisor con condiciones específicas adjuntas. Desde una perspectiva jurídica, una orden judicial es esencialmente un contrato de derechos. Después de pagar una prima para comprar warrants, los inversores tienen derecho a suscribir o vender una determinada cantidad de activos subyacentes (como acciones, índices bursátiles, oro, divisas o materias primas) a un precio acordado (precio de ejercicio) dentro de un período determinado o fecha de vencimiento.
La negociación de warrants es en realidad un tipo de negociación de opciones. Como ocurre con todas las opciones, el titular de la garantía adquiere un derecho, no una obligación, tras el pago de regalías, y depende del titular de la garantía ejercerlo. El emisor del warrant está obligado a prestar el cumplimiento cuando el titular del warrant lo solicita conforme a la normativa y no puede negarse. En resumen, un warrant es un derecho: los inversores pueden suscribir o vender el activo subyacente del warrant a un precio acordado (independientemente del precio de mercado del activo subyacente) dentro de un período o fecha de vencimiento acordados.