Definición y condiciones de reconocimiento de pérdidas contables
De manera general, se deben reconocer como deudas incobrables las cuentas por cobrar que cumplan una de las siguientes condiciones: 1. El deudor muere y el dinero no se puede recuperar después de que se liquide su patrimonio; 2. El deudor quiebra y se liquidan sus bienes de la quiebra, y el dinero no se puede recuperar; 3. El deudor no cumple con sus obligaciones de pago de la deuda por un; Durante mucho tiempo y hay pruebas suficientes que demuestran que no se puede recuperar o que es muy probable que se recupere. Cuentas pequeñas. Cada una de las tres condiciones anteriores es suficiente y la tercera condición requiere el criterio profesional de un contador. El sistema actual de mi país estipula que el poder de decisión sobre las pérdidas por deudas incobrables de las empresas que cotizan en bolsa recae en el consejo de administración o la junta de accionistas.