Red de conocimiento de divisas -
Cuestiones de seguridad social - ¿Se puede fijar el período contable en el día 28 de cada mes? ¿Cómo configurar el último día del año? El período contable se puede fijar el día 28 de cada mes. El último día del año se puede configurar de forma flexible. La dirección general es el último día, pero en ocasiones la factura es del mismo año, pero se podrá acreditar a enero del año siguiente. Esta situación también podrá incluirse en el tratamiento contable de diciembre, prevaleciendo la contabilización a la fecha del balance. El contenido anterior es sólo para referencia.