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Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales No. 22 - Capítulo 5 Medición Reconocimiento y Medición de Instrumentos Financieros

Artículo 30 Los activos financieros o los pasivos financieros reconocidos inicialmente por una empresa se medirán a su valor razonable. Para los activos financieros o pasivos financieros medidos a valor razonable y cuyos cambios se incluyen en las ganancias y pérdidas actuales, los costos de transacción relevantes se incluyen directamente en las ganancias y pérdidas actuales; para otros tipos de activos financieros o pasivos financieros, los costos de transacción relevantes deben incluirse en; el importe de reconocimiento inicial.

Artículo 31 Los costos de transacción se refieren a costos externos adicionales incurridos directamente por la compra, emisión o enajenación de instrumentos financieros. Los nuevos gastos externos se refieren a gastos en los que una empresa no incurriría si no comprara, emitiera o enajenara instrumentos financieros.

Los costos de transacción incluyen honorarios de manejo, comisiones y otros gastos necesarios pagados a agencias, empresas consultoras y corredores, excluyendo primas de bonos, descuentos, costos de financiamiento, honorarios de gestión interna y otros gastos no directamente relacionados con el costo de la transacción.

Artículo 32 Una empresa realizará mediciones posteriores basadas en el valor razonable de los activos financieros y no deducirá los costos de transacción que puedan ocurrir al enajenar los activos financieros en el futuro. Sin embargo, existen las siguientes excepciones:

(1) Las inversiones, préstamos y cuentas por cobrar mantenidos hasta el vencimiento se miden al costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.

(2) Inversiones en instrumentos de patrimonio que no tienen un precio de cotización en un mercado activo y cuyo valor razonable no puede medirse de manera confiable, así como activos financieros derivados que están vinculados al instrumento de patrimonio y deben ser liquidados mediante la entrega del instrumento de patrimonio, se valorarán al costo.

Artículo 33 Una empresa adoptará el método de la tasa de interés real y realizará una medición posterior de los pasivos financieros con base en el costo amortizado. Sin embargo, existen las siguientes excepciones:

(1) Los pasivos financieros medidos a valor razonable con cambios incluidos en ganancias y pérdidas corrientes se medirán a valor razonable sin deducir las pérdidas que puedan ocurrir cuando el pasivo financiero sea liquidaciones en el futuro.

(2) Los pasivos financieros derivados vinculados a instrumentos de patrimonio que no tienen precio de cotización en un mercado activo, cuyo valor razonable no puede medirse con fiabilidad y deben liquidarse mediante la entrega de instrumentos de patrimonio, se valorarán al costo.

(3) Contratos de garantía financiera que no están designados como pasivos financieros a valor razonable con cambios en resultados, o no están designados como pasivos financieros a valor razonable con cambios en resultados. Pasivos financieros y compromisos de préstamo con préstamo. las tasas de interés inferiores a las tasas de interés del mercado se medirán posteriormente según el mayor de los dos siguientes montos luego del reconocimiento inicial:

1 De acuerdo con las Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 65438 +03 - El monto. determinado por "Contingencias";

2. El saldo después de deducir el monto de amortización acumulada determinado de acuerdo con las Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 14 - el ingreso del monto de reconocimiento inicial.

Artículo 34 Si una inversión ya no es adecuada para ser clasificada como inversión mantenida hasta el vencimiento debido a cambios en la intención o capacidad de tenencia, se reclasificará como un activo financiero disponible para la venta y se realiza a valor razonable. En la fecha de reclasificación, la diferencia entre el valor en libros de la inversión y el valor razonable se incluye en el patrimonio neto. Cuando los activos financieros disponibles para la venta se deterioran o se dan de baja, se transfieren y se incluyen en las ganancias y pérdidas corrientes.

Artículo 35 El monto de la venta o reclasificación de una inversión mantenida hasta el vencimiento es relativamente grande y no entra dentro de las excepciones mencionadas en el Artículo 16, por lo que la parte restante de la inversión ya no es apta para clasificación. Para inversiones mantenidas hasta el vencimiento, la empresa reclasificará la parte restante de la inversión como activos financieros disponibles para la venta y realizará una medición posterior a su valor razonable. En la fecha de reclasificación, la diferencia entre el valor en libros de la parte restante de la inversión y su valor razonable se incluye en el patrimonio neto. Cuando los activos financieros disponibles para la venta se deterioran o se dan de baja, se transfieren e incluyen. en las pérdidas y ganancias actuales.

Artículo 36 Para los activos financieros o pasivos financieros que deben medirse a valor razonable de acuerdo con estas normas, pero cuyo valor razonable no puede medirse de manera confiable antes, la empresa cambiará la medición a valor razonable cuando el valor razonable pueda medirse con fiabilidad el valor razonable, la diferencia entre el valor en libros correspondiente y el valor razonable, se tratará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de estas Normas.

Artículo 37 Cuando la intención o capacidad de tenencia cambie, o el valor razonable ya no pueda medirse confiablemente, o el período de tenencia haya excedido los "dos períodos contables completos" a que se refiere el artículo 16 de estas Normas, Año", cuando un activo financiero o pasivo financiero ya no es adecuado para ser medido a valor razonable, la empresa puede cambiar el activo financiero o pasivo financiero para ser medido al costo o costo amortizado, y el costo o costo amortizado es el activo financiero. o pasivo financiero en Valor razonable o valor en libros a la fecha de reclasificación.

Las ganancias o pérdidas relacionadas con activos financieros que originalmente fueron incluidos directamente en el patrimonio del propietario se manejarán de acuerdo con las siguientes disposiciones:

(1) Si el activo financiero tiene una fecha de vencimiento fija, el plazo restante de Se adoptará la amortización del activo financiero utilizando el método del tipo de interés real, que se incluirá en el resultado del periodo. La diferencia entre el costo amortizado del activo financiero y el monto al vencimiento también se amortizará utilizando el método del tipo de interés real durante el plazo restante del activo financiero y se incluirá en el resultado del periodo. Si el activo financiero se deteriora en el período contable posterior, las ganancias o pérdidas relevantes se incluirán directamente en el patrimonio del propietario y se transferirán, y se incluirán en las pérdidas y ganancias actuales.

(2) Los activos financieros sin fecha de vencimiento fija se retendrán en el patrimonio neto.

Cuando se enajene el activo financiero, se transferirá e incluirá en el resultado del ejercicio. Si el activo financiero se deteriora en el período contable posterior, las ganancias o pérdidas relevantes se incluirán directamente en el patrimonio del propietario y se transferirán, y se incluirán en las pérdidas y ganancias actuales.

Artículo 38 Las ganancias o pérdidas que surjan de cambios en el valor razonable de los activos o pasivos financieros, excepto los relacionados con coberturas, se manejarán de acuerdo con las siguientes disposiciones:

( 1 ) Las ganancias o pérdidas que surjan de cambios en el valor razonable de activos financieros o pasivos financieros medidos a valor razonable con cambios en resultados del período actual se incluirán en el resultado del período actual.

(2) Las ganancias o pérdidas que surgen de cambios en el valor razonable de los activos financieros disponibles para la venta, excepto las pérdidas por deterioro y diferencias de cambio formadas por activos financieros monetarios en moneda extranjera, se incluyen directamente en la cuenta del propietario. patrimonio y no se reconocen hasta su terminación. Los activos financieros se transfieren y se incluyen en el resultado del ejercicio.

Las diferencias de cambio que surjan de activos financieros monetarios en moneda extranjera disponibles para la venta se incluirán en las pérdidas y ganancias corrientes. Los intereses sobre los activos financieros disponibles para la venta calculados utilizando el método de la tasa de interés real se incluyen en las pérdidas y ganancias corrientes. Los dividendos en efectivo invertidos en instrumentos de capital disponibles para la venta se incluyen en las pérdidas y ganancias corrientes cuando la participada declara el pago de dividendos; .

El tratamiento de las ganancias o pérdidas que surjan de cambios en el valor razonable de activos financieros o pasivos financieros relacionados con coberturas se regirá por las Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 24 - Coberturas.

Artículo 39 Las ganancias o pérdidas que surjan de la baja en cuentas, deterioro o amortización de activos financieros o pasivos financieros medidos a costo amortizado se incluirán en las pérdidas y ganancias corrientes. Sin embargo, si un activo o pasivo financiero es designado como partida cubierta, se aplicarán las “Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 24 – Cobertura” para el tratamiento de las ganancias o pérdidas relacionadas.

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