¿Se puede retirar el fondo de previsión de vivienda sólo una vez al año?
Los empleados que compren casas de demolición y reasentamiento también pueden solicitar el retiro de fondos de previsión para vivienda. Una casa de reasentamiento demolida sólo se puede retirar una vez. Si el monto del retiro es insuficiente, los padres, cónyuge, hijos y * * * del comprador de vivienda pueden solicitar retirar su fondo de previsión para vivienda. El monto total retirado no puede exceder el monto pagado por el empleado para comprar la casa (excluyendo el monto del préstamo).
Además, también puedes retirar los fondos de previsión para la vivienda al alquilar una casa. Los solicitantes pueden retirar fondos de previsión para vivienda una vez al año, y el monto de cada retiro no excederá el límite de retiro de un año prescrito. Los solicitantes que deseen retirar fondos de previsión para vivienda para pagar las tarifas de alquiler de la vivienda deben hacerlo durante el período de alquiler y seguir los procedimientos para retirar fondos de previsión para vivienda.
Base legal: Artículo 24 del “Reglamento de Administración del Fondo de Previsión para la Vivienda”: Bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, los empleados podrán retirar el saldo de su cuenta del fondo de previsión para la vivienda:
(1 ) ) Comprar, construir, renovar y reformar viviendas de uso propio;
(2) Jubilación;
(3) Perder completamente la capacidad de trabajar y terminar la relación laboral con la unidad. ;
(4) Haber salido del país para establecerse
(5) Pagar el principal y los intereses del préstamo para compra de vivienda
(6) El alquiler excede la proporción prescrita del ingreso salarial familiar.
Si se cumple lo dispuesto en los puntos (2), (3) y (4) del párrafo anterior, la cuenta del fondo de previsión para vivienda de los empleados se cancelará al mismo tiempo.
Si un empleado muere o es declarado muerto, los herederos o legatarios del empleado pueden retirar el saldo en la cuenta del fondo de previsión para vivienda del empleado; si no hay heredero o legatario, el saldo en la cuenta del fondo de previsión para vivienda del empleado; Se calculará el aumento de los ingresos del fondo de previsión de vivienda.