¿En qué circunstancias no puedo ser avalista?
Las circunstancias en las que una persona no puede convertirse en garante son: Las personas jurídicas de agencias gubernamentales no pueden ser garantes, excepto para représtamos con la aprobación del Consejo de Estado para el uso de préstamos de empresas extranjeras. gobiernos u organizaciones económicas internacionales. No podrán ser garantes las personas jurídicas sin fines de lucro ni las organizaciones sin personalidad jurídica con fines de bienestar público. Situaciones en las que la garantía no puede ser utilizada como garante: Las agencias estatales, instituciones de bienestar público, grupos sociales, sucursales y departamentos funcionales de personas jurídicas corporativas no están autorizados a otorgar garantías para otros como garantes, podrán autorizarse sucursales de personas jurídicas corporativas. escrito por la persona jurídica. Garantía proporcionada dentro del alcance.
Las garantías no pueden utilizarse como avalistas: las agencias estatales, las instituciones de bienestar público, los grupos sociales, las sucursales y los departamentos funcionales de empresas personas jurídicas no pueden proporcionar garantías para otros como garantes de las sucursales de empresas personas jurídicas. personas Si se autoriza por escrito, se puede proporcionar garantía dentro del alcance de la autorización. Las personas no locales no pueden actuar como garantes de los préstamos. Generalmente los bancos imponen los mismos requisitos de registro de hogares para prestatarios y garantes. Si el garante tiene un registro de hogares no local, también existe un enorme riesgo de reembolso para el banco. Las personas que no tienen recursos financieros no pueden actuar como garantes, porque la responsabilidad del garante es que cuando el prestatario no puede pagar el préstamo a tiempo, el garante tiene la obligación de ayudar al prestatario a pagar el préstamo. Naturalmente, ya no puedo pagar. Los jubilados no pueden garantizar préstamos a otros. En general, los jubilados no cumplen las condiciones para obtener garantías bancarias, independientemente de su situación financiera o su edad.
No se puede garantizar un préstamo a otros en las siguientes circunstancias:
1. La relación con el prestamista es de marido y mujer, porque están en la misma economía, si una persona no puede. pagar el préstamo, las otras personas no pueden pagar el préstamo, por lo que la garantía pierde su significado.
2. Las personas no locales no pueden actuar como garantes de los préstamos. Por lo general, los bancos tienen los mismos requisitos de registro de hogares para prestatarios y garantes. Si el garante tiene un registro de hogares no locales, esto también representará un enorme problema. Problema de pago riesgoso para el banco.
3. Las personas sin recursos económicos no pueden actuar como garantes, porque la responsabilidad del garante es que cuando el prestatario no puede pagar el préstamo a tiempo, el garante tiene la obligación de ayudar al prestatario a pagar el préstamo. Si una persona no tiene recursos económicos, naturalmente no tendrá capacidad de pago.
4. Los jubilados no pueden garantizar préstamos a terceros. En general, los jubilados no cumplen las condiciones para obtener avales bancarios, independientemente de su situación económica o su edad.
Base jurídica:
"República Popular China y Código Civil"
Artículo 387 Acreedores en actividades civiles como préstamo y compra-venta, con el fin de asegurar la realización de los derechos de sus acreedores, si se requiere garantía, podrá constituirse una garantía mobiliaria conforme a lo dispuesto en esta Ley y otras leyes.
Si un tercero proporciona una garantía del deudor al acreedor, podrá exigir al deudor que proporcione una contragarantía. La contragarantía se regirá por las disposiciones de esta Ley y otras leyes.
Artículo 394: Para garantizar el cumplimiento de una deuda, el deudor o un tercero no transfiere la posesión del inmueble e hipoteca el inmueble al acreedor, el deudor incumple la deuda vencida o se produce el cumplimiento del acuerdo entre las partes. En el caso de una hipoteca, el acreedor tiene derecho a recibir prioridad en el pago del inmueble.