¿Qué pasa con la seguridad social durante el arbitraje?
Durante la solicitud de arbitraje laboral, si el empleador y el empleado tienen una relación laboral continua, el empleador deberá pagar la seguridad social y continuar participando en el seguro del empleado de conformidad con la ley.
2. No existe relación laboral.
Si no existe relación laboral entre ambas partes, el empleador no tiene derecho ni obligación de pagar la seguridad social y continuar participando en la seguridad social de sus empleados. En este momento, la seguridad social se encuentra en un estado de retención y no se pueden disfrutar de muchos beneficios. Se recomienda que las personas continúen participando en seguros y paguen la seguridad social de los empleados como empleados flexibles.
Base jurídica: Artículo 47 de la “Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales de la República Popular China”. Salvo disposición en contrario de esta ley, el laudo arbitral es definitivo y produce efectos jurídicos a partir de la fecha en que se dicta:
(1) Remuneración laboral, gastos médicos por accidentes de trabajo, compensación económica o no más del salario mínimo mensual local de 12 Disputas sobre el monto de la compensación mensual;
(2) Disputas que surgen de la implementación de las normas laborales nacionales en términos de jornada laboral, descanso y vacaciones, seguro social, etc.