Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales No. 8 - Capítulo 1 Disposiciones Generales sobre Deterioro del Valor de Activos
Artículo 2 Deterioro de activo significa que el importe recuperable de un activo es inferior a su valor en libros.
A menos que se indique lo contrario, los activos en esta Norma incluyen activos individuales y grupos de activos.
Un grupo de activos se refiere a la combinación de activos más pequeña que una empresa puede identificar, y las entradas de efectivo generadas por ella deben ser básicamente independientes de las entradas de efectivo generadas por otros activos o grupos de activos.
Artículo 3 Los siguientes artículos estarán sujetos a otras normas contables pertinentes:
(1) Para el deterioro de inventarios, se aplicarán las “Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 1”. 1-Inventario.
(2) El deterioro de los bienes inmuebles de inversión medidos utilizando el modelo de valor razonable se aplicará a las “Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 3 – Bienes Raíces de Inversión”.
(3) Para el deterioro de activos biológicos consumibles se aplicarán las “Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 5 – Activos Biológicos”.
(4) Para el deterioro de activos causado por contratos de construcción, se aplicarán las “Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 1”. 15-Contrato de Construcción.
(5) Para el deterioro de los activos por impuesto a la renta diferido, se aplicarán las “Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 1”. 18-Impuesto sobre la renta.
(6) El deterioro del valor residual no garantizado del arrendador en arrendamientos financieros se aplicará a la Norma de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 1. 21-Arrendamiento.
(7) El deterioro de los activos financieros especificado en las "Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 22 - Reconocimiento y Medición de Instrumentos Financieros" se aplicará a las "Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 22 - Reconocimiento y Medición de Instrumentos Financieros".
(8) Para el deterioro de intereses en áreas mineras de petróleo y gas no probadas, se aplicarán las "Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 27 - Explotación de Petróleo y Gas".