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Asientos contables para cuentas de ajuste del impuesto sobre la renta de las sociedades

Los asientos contables de las cuentas de ajuste del Impuesto sobre Sociedades se elaboran de la siguiente manera:

1. Débito: crédito de distribución de beneficios: ajuste de pérdidas y ganancias de ejercicios anteriores;

2. Débito: ajuste de pérdidas y ganancias de años anteriores; crédito: impuesto a pagar—impuesto sobre la renta de las sociedades.

3. Débito: impuestos por pagar; impuesto sobre la renta de las empresas; crédito: depósitos bancarios.

Los ajustes tributarios son causados ​​por diferencias en los sistemas contables y las regulaciones tributarias. Son ajustes a los ingresos por ganancias de acuerdo con las leyes tributarias, incluidos salarios, gastos y gastos de entretenimiento empresarial, honorarios sociales y cuotas sindicales que exceden el límite. disposiciones de las leyes tributarias, gastos de educación, depreciación, gastos diversos que no pueden deducirse antes de impuestos, etc. Aún quedan costos y gastos que no han sido retirados o no recaudados en su totalidad, los cuales pueden ajustarse para recaudar el monto total.

Asientos contables para el ajuste de la liquidación final del impuesto sobre la renta

De acuerdo con la "Ley del Impuesto sobre la Renta Empresarial de la República Popular China" y sus reglamentos de implementación, el impuesto sobre la renta empresarial se implementa sobre una base El pago mensual/trimestral se calcula anualmente. Los asientos contables para la liquidación de cierre y ajuste de pago del Impuesto sobre Sociedades son los siguientes:

1 Calcular el importe del impuesto sobre la renta a pagar por adelantado mensual o trimestralmente: Débito: gasto por impuesto sobre la renta. ; Crédito: impuesto por pagar - Impuesto sobre la renta por pagar.

2. Al pagar el impuesto a la renta trimestral: Débito: impuesto a pagar - impuesto a la renta a pagar: depósito bancario;

3. Liquidación final antes del 30 de mayo de un nuevo año. El impuesto sobre la renta a pagar durante todo el año menos el impuesto pagado por adelantado. El número positivo es el importe del impuesto a pagar: Débito: Ajuste de ganancias de años anteriores. y pérdidas Crédito: Impuestos por pagar – Impuesto sobre la renta por pagar;

4. Pagar la liquidación final anual de impuestos por pagar: débito: impuesto por pagar - impuesto sobre la renta por pagar: depósito bancario;

5. Redistribución de beneficios: Débito: distribución de beneficios - beneficios no distribuidos; crédito: ajuste de pérdidas y ganancias de ejercicios anteriores.

6. Liquidación final anual, si el impuesto a la renta calculado a pagar para todo el año es menor que el impuesto pagado anticipadamente. Débito: impuestos por pagar - impuesto sobre la renta por pagar (otras cuentas por cobrar - impuesto sobre la renta por cobrar en exceso Crédito: ajuste de ganancias y pérdidas de años anteriores);

7. Redistribución de utilidades Débito: Ajuste de pérdidas y ganancias de años anteriores; Crédito: Distribución de utilidades - utilidades no distribuidas.

8. Devolución de impuestos pagados en exceso previa revisión y aprobación por parte de las autoridades tributarias: Débito: depósito bancario; Crédito: impuestos por pagar - impuesto sobre la renta corporativo por pagar (otras cuentas por cobrar - impuesto sobre la renta pagado en exceso por cobrar).

9. No se reembolsará el impuesto sobre la renta pagado en exceso, que se utilizará para compensar el impuesto sobre la renta pagado por adelantado para el próximo año: Débito: gasto por impuesto sobre la renta: impuesto a pagar - impuesto a la renta corporativo a pagar; (otras cuentas por cobrar - Sobrepago de impuesto a la renta por cobrar).

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