¿Qué cuentas se deben cargar cuando una empresa hace provisiones para insolvencias?
Cuando una empresa retira deudas incobrables, debe debitar la cuenta "Pérdida por deterioro del crédito - Provisión para insolvencias" y acreditar la cuenta de provisión para insolvencias.
(1) Si el monto de la provisión para insolvencias que debe acumularse en el período actual es mayor que el saldo contable de la provisión para insolvencias, se devengará la diferencia y se aplicará la "Pérdida por deterioro del crédito - Incobrables". La cuenta "Provisión de deuda" se debitará; la provisión para deudas incobrables se acreditará en la cuenta.
(2) Si el monto de la provisión para insolvencias es menor que el saldo contable de "provisión para insolvencias", se realizará un asiento contable inverso basado en la diferencia, y la cuenta "provisión para insolvencias" se debitará "deudas incobrables"; se acreditará "Pérdida por deterioro del crédito" - cuenta Provisión de insolvencias.
Realmente incobrables:
Las cuentas por cobrar que son verdaderamente incobrables se tratarán como deudas incobrables después de la aprobación de acuerdo con la autoridad administrativa, las cuentas por cobrar se cancelarán y se considerarán "provisiones para deudas incobrables". se debitará “Cuenta; notas de crédito por cobrar, cuentas por cobrar, cuentas prepagas, otras cuentas por cobrar y cuentas por cobrar a largo plazo y otras cuentas.
Cuando las cuentas por cobrar que han sido reconocidas como pérdidas por insolvencia y han sido castigadas se recuperen total o parcialmente en el futuro, las cuentas por cobrar, documentos por cobrar, cuentas prepagas y otras cuentas por cobrar se debitarán con base en el el monto real de recuperación. los recibos y las cuentas por cobrar a largo plazo se acreditan en la cuenta de provisión para insolvencias; al mismo tiempo, se cargan los "depósitos bancarios" y otras cuentas "por cobrar" y otras cuentas de crédito;