¿Qué son los bienes de consumo sujetos a impuestos?
Contenido Descripción general del tratamiento contable fiscal Descripción general de los bienes de consumo sujetos a impuestos:
Los bienes de consumo sujetos a impuestos se refieren a la producción, las ventas y los bienes de consumo sujetos al impuesto al consumo cuando se transfieren o importan.
Incluye principalmente cinco tipos de productos:
Categoría 1: Algunos productos especiales de consumo cuyo consumo excesivo causará daños a la salud humana, el orden social, el medio ambiente ecológico, etc., como los cigarrillos. , Vino, petardos, fuegos artificiales, palillos desechables de madera, pisos de madera maciza, etc.;
Categoría 2: artículos de lujo, artículos no necesarios para la vida, como joyas valiosas, relojes de alta gama, cosméticos, golf. pelotas y equipos de golf, etc.
Categoría 3: Alto consumo de energía y bienes de consumo de alta gama, como yates, automóviles, motocicletas, etc.
Categoría 4: No; -bienes de consumo renovables y alternativos al petróleo, como gasolina, Diesel, etc.;
Categoría 5: Productos con cierta importancia financiera, como neumáticos de automóvil, etc.
Tratamiento contable fiscal
Tratamiento contable fiscal para bienes de consumo sujetos a impuestos:
1. Para la venta de bienes de consumo sujetos a impuestos de fabricación propia, el monto del impuesto al consumo a pagar se deducirá Registrar la cuenta "principales impuestos y recargos comerciales" y acreditar la cuenta "impuestos a pagar - impuesto al consumo a pagar". Al mismo tiempo, también se requiere el procesamiento contable relacionado con los ingresos por ventas y el impuesto al valor agregado pagadero.
2. Para aquellos que utilizan bienes de consumo sujetos a impuestos como inversiones, el monto del impuesto al consumo a pagar se incluirá en la "inversión total a largo plazo" según las regulaciones, la cuenta de "inversión a largo plazo" a debitar, y la cuenta "impuesto a pagar - -Impuesto al consumo a pagar".
3. Para el impuesto al consumo pagadero sobre ventas consideradas de bienes de consumo sujetos a impuestos de fabricación propia, de acuerdo con las regulaciones, el monto del impuesto al consumo pagadero se debitará de la cuenta "principales impuestos y recargos comerciales" y se acreditará a "Impuestos por pagar - vencidos en la cuenta "Pagar impuesto al consumo".
4. Para los bienes de consumo sujetos a impuestos de producción y uso propio sujetos al impuesto al consumo, el monto del impuesto al consumo pagadero se cargará a "activos fijos", "proyectos en curso", "no -Gastos de operación" y "gastos comerciales" de acuerdo con la normativa. Cuentas como "Gastos" y "Cuotas de bienestar por pagar" se acreditan a la cuenta "Impuestos por pagar - Impuesto al consumo por pagar".
5. Para el embalaje de bienes de consumo sujetos a impuestos vendidos junto con los bienes de consumo pero con precios separados, el monto del impuesto al consumo pagadero según las regulaciones se debitará de la cuenta "otros gastos comerciales" y se acreditará a " Impuesto por pagar--Cuenta Impuesto al consumo por pagar". Si el depósito de embalaje no se devuelve después de la fecha de vencimiento, el impuesto al consumo pagadero según las normas se debitará de las cuentas "otros gastos comerciales", "otras cuentas por pagar" y otras cuentas y se cargará la cuenta "impuesto por pagar - impuesto al consumo por pagar"; ser acreditado. Si se trata del costo del embalaje, el traspaso de ingresos netos y el cálculo del impuesto al valor agregado, deben tratarse juntos en los asientos contables.
6. Para quienes pagan impuesto al consumo a las autoridades tributarias, el monto del impuesto al consumo calculado conforme reglamentariamente después de que el contribuyente haya cometido una conducta imponible se acreditará al crédito del "Impuesto a Pagar - Impuesto al Consumo". Cuenta "por pagar". Los contribuyentes deben tomar la iniciativa de declarar impuestos a las autoridades tributarias dentro del período impositivo prescrito y utilizar transferencias bancarias para pagar los impuestos. Al realizar asientos contables, se debitará de la cuenta “Impuesto a Pagar - Impuesto al Consumo a Pagar” con base en el monto real del impuesto al consumo pagado; a la cuenta “Depósito Bancario” se le acreditará si hay devolución de ventas, el asiento contable contrario. se hará.
7. Para el procesamiento encomendado de bienes de consumo sujetos a impuestos, el encomendado deberá retener y pagar impuestos cuando el encomendante recoja los bienes. El fiduciario carga los "depósitos bancarios", las "cuentas por cobrar" y otras cuentas según el monto del impuesto que debe retenerse y acredita la cuenta "impuesto por pagar - impuesto al consumo por pagar"; Después de que la parte encargante reciba los bienes de consumo sujetos a impuestos, si se utilizan directamente para las ventas, el impuesto al consumo retenido y pagado se incluirá en el costo de los bienes de consumo sujetos a impuestos para el procesamiento encomendado, y "materiales de procesamiento encomendados", "costos de producción" y " productos semiacabados de fabricación propia" se debitarán y otras cuentas; crédito "Cuentas por Pagar", "Depósitos Bancarios" y otras cuentas. Si la parte contratante utiliza los bienes de consumo sujetos a impuestos recuperados para la producción continua de bienes de consumo sujetos a impuestos y se le permite deducir el impuesto al consumo de acuerdo con las regulaciones, la parte contratante debitará el impuesto al consumo retenido y pagado a "Impuestos a pagar - Impuesto al consumo a pagar" Se acreditan cuentas como "Cuentas por pagar" y "Depósitos bancarios".
8. Para los bienes de consumo importados sujetos a impuestos, el monto del impuesto al consumo que figura en el certificado de pago de impuestos proporcionado por la aduana se incluirá en el costo de los bienes de consumo, y los "activos fijos", "compra de productos básicos" , Cuentas como "Compra de material" se acreditan en "Depósitos bancarios" y otras cuentas.
9. Si los bienes de consumo sujetos al impuesto se exportan y no están exentos de exención o devolución de impuestos según las normas, se considerarán ventas nacionales y el tratamiento contable se llevará a cabo de conformidad con las normas de ventas nacionales; si se exportan bienes de consumo sujetos a impuestos, " Si se adopta el enfoque de "recoger primero, luego después", el tratamiento contable debe realizarse en función de diferentes situaciones.
Al calcular el impuesto al consumo, los fabricantes que encomienden a empresas de comercio exterior actuar como agentes para la exportación de bienes de consumo sujetos a impuestos debitarán la cuenta "Cuentas por cobrar" de acuerdo con el monto del crédito del impuesto al consumo a pagar "Impuesto por pagar - Consumo"; Impuesto a Pagar" "sujeto. Cuando el impuesto al consumo se paga efectivamente, se carga en la cuenta "impuesto a pagar - impuesto al consumo a pagar"; Cuando se exportan bienes de consumo sujetos a impuestos y se reciben los impuestos devueltos por empresas de comercio exterior, la cuenta de "depósito bancario" debe cargarse a la cuenta de "cuentas por cobrar"; Si se produce un despacho aduanero o una devolución y se devuelve el impuesto al consumo reembolsado, se realizará el asiento contable contrario.
Después de que la empresa de comercio exterior que actúa como agente exportador de bienes de consumo sujetos a impuestos exporta los bienes de consumo sujetos a impuestos, cuando recibe el impuesto al consumo devuelto por el departamento de impuestos y pagado por la empresa de producción, el "depósito bancario "la cuenta será debitada; las "cuentas por pagar" serán acreditadas.
Cuando este impuesto sea devuelto a la empresa productora, se debitará a la cuenta "Cuentas por Pagar"; Cuando se produzcan despachos de aduana o devoluciones y se cancele el impuesto al consumo reembolsado, se debitará la cuenta “Cuentas por Cobrar - Impuesto al Consumo por Cobrar a Empresas Productoras”; Al recibir reembolsos de impuestos de empresas de producción, realice asientos contables opuestos.
Si una empresa manufacturera vende bienes de consumo sujetos a impuestos a una empresa de comercio exterior, y luego la empresa de comercio exterior exporta por su cuenta, el impuesto al consumo pagadero por la propia empresa manufacturera se contabilizará de acuerdo con las normas sobre ventas internas de bienes de consumo sujetos a impuestos.
Las empresas de comercio exterior que operan por sí mismas en la exportación de bienes de consumo sujetos a impuestos deben debitar la cuenta de "reembolso de impuestos a la exportación por cobrar" y acreditar la cuenta "costo de bienes vendidos" al solicitar la devolución de impuestos a la exportación después de los bienes de consumo sujetos a impuestos. están declarados para exportación. Cuando efectivamente se reciba la devolución del impuesto por exportaciones de bienes de consumo sujetos a impuestos, se debitará de la cuenta "Depósito Bancario" a la cuenta "Devolución de Impuestos por Cobrar"; Cuando se produzcan despachos aduaneros o devoluciones y se devuelva el impuesto al consumo restituido, se realizarán los asientos contables contrarios.