La empresa no pagó la seguridad social de sus empleados como se exigía.
Base jurídica: El párrafo 1 del artículo 58 de la "Ley de Seguro Social" estipula que el empleador deberá solicitar a la agencia de seguro social el registro de seguro social de sus empleados dentro de los 30 días siguientes a la fecha de empleo. Si no se realiza el registro en el seguro social, la agencia del seguro social determinará las primas del seguro social a pagar.
Artículo 38 de la "Ley de Contrato de Trabajo": El empleado podrá rescindir el contrato de trabajo en cualquiera de las siguientes circunstancias: (3) Falta de pago de las primas del seguro social del empleado de conformidad con la ley.