¿Se pueden transferir los reclamos de préstamos personales?
1. Los derechos del acreedor son legales y válidos y no deben violar los intereses sociales y públicos.
La existencia efectiva de los derechos del acreedor es condición previa para la transmisión de los derechos del acreedor. La transferencia de los derechos de acreedor inválidos de otra persona, o la transferencia de los derechos de acreedor extinguidos de otra persona, es el objeto de la transferencia. La importancia de esta disposición restrictiva es evitar que se dañen los intereses del cesionario, del país y del colectivo.
2. La transmisión no modificará el contenido principal de los derechos del acreedor.
Aunque el concepto de los derechos del acreedor como bloqueo legal ha desaparecido, la transferencia de los derechos del acreedor es sólo un cambio de tema. Si cambia el contenido principal de la deuda, se producirá una nueva relación contractual, que no tiene carácter de transmisión. Los cambios en el contenido de la deuda incluyen el tipo, cantidad, especificaciones de calidad, naturaleza, plazo, lugar y método de cumplimiento, método de liquidación, etc. de la deuda. Los cambios en el contenido no esencial de la deuda no afectan la relación jurídica. Sin embargo, después de que cambie el contenido principal, como el tipo de deuda, la calidad y especificaciones del tema y la naturaleza de la deuda, ya no será la misma que la deuda original.
3. El cedente y el cesionario de los derechos del acreedor deberán llegar a un acuerdo sobre la transferencia de los derechos del acreedor.
La transmisión de los derechos del acreedor es una especie de disposición y debe cumplir las condiciones para la eficacia de las acciones civiles. El transmitente debe estar calificado, es decir, tener capacidad de disposición y ser una persona con plena capacidad para la conducta civil. La manifestación de voluntad de ambas partes debe ser verdadera. Si no lo es, la transferencia de los derechos del acreedor será inválida.
4. Los derechos del acreedor transferido deben ser transferibles.
De acuerdo con los principios pertinentes de la deuda, algunos contratos son intransferibles y sus derechos tampoco deberían serlo. Uno son los reclamos basados en relaciones de confianza personal, los reclamos basados en relaciones de identidad específicas, los reclamos basados en omisión y los reclamos de herencia. En segundo lugar, los reclamos son derechos subordinados. Los derechos subordinados se transfieren con la transferencia de los derechos primarios. Es inherentemente inadmisible si la subordinación y la soberanía se transfieren por separado.
5. Debe notificarse al deudor la transferencia de los derechos del acreedor.
Si el acreedor transfiere sus derechos de acreedor sin notificarlo al deudor, la transferencia no será oponible al deudor.
6. La transferencia de reclamaciones debe seguir ciertos procedimientos y trámites.
Base jurídica
El artículo 546 del Código Civil establece que si un acreedor transfiere sus derechos de acreedor sin notificarlo al deudor, la transferencia no surtirá efecto contra el deudor.
La notificación de cesión de derechos del acreedor no será revocada sino con el consentimiento del cesionario.