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Artículos de la Asociación de Periodistas Ambientales de China

Capítulo 1 Disposiciones Generales

Artículo 1: El nombre de este grupo es: Asociación de Periodistas Ambientales de China. La traducción al inglés es: Foro Chino de Periodistas Ambientales. La abreviatura es CFEJ.

Artículo 2: La naturaleza de esta asociación es una organización nacional voluntaria compuesta por periódicos, revistas, radio, televisión, agencias de noticias, sitios web de noticias y otros medios de comunicación, unidades de publicidad ambiental y periodistas ambientales de todo el país, y tiene personalidad jurídica independiente y es miembro nacional del Foro de Periodistas Ambientales de Asia-Pacífico. Otros grupos y personas interesadas en la protección del medio ambiente también pueden convertirse en miembros de esta asociación.

Artículo 3: Objeto de esta asociación.

Artículo 4: La autoridad competente de esta asociación es el Ministerio de Protección Ambiental.

Artículo 5: Dirección de la Asociación: Guoying Apartment 8K, No. 8 Houguangping Hutong, Distrito Xicheng, Beijing, China.

Capítulo 2 Ámbito Empresarial

Artículo 6: Ámbito Empresarial de la Asociación.

(1) Promover la publicidad y la información en los medios de comunicación sobre la protección del medio ambiente y mejorar la conciencia ambiental del público.

(2) Reforzar la supervisión de la opinión pública sobre cuestiones medioambientales, planificar y organizar importantes acciones informativas medioambientales y organizar ruedas de prensa relevantes.

(3) Promover la mejora de la calidad de la información ambiental, ampliar la influencia social de las noticias ambientales y llevar a cabo la selección y premiación de trabajos destacados de noticias ambientales, periodistas ambientales destacados y medios de comunicación y reportajes ambientales destacados. .

(4) Mejorar la calidad de los periodistas ambientales y realizar actividades como capacitación, seminarios académicos e intercambios de experiencias sobre conocimientos de protección ambiental y negocios de noticias ambientales.

(5) Recopilar y publicar información sobre noticias ambientales, albergar medios de noticias ambientales como Internet y revistas, y editar información, materiales, artículos y otras publicaciones sobre noticias ambientales.

(6) Llevar a cabo enlaces con todos los sectores de la sociedad, organizar a la comunidad empresarial para participar en actividades de bienestar público de protección ambiental y esforzarse activamente por lograr el apoyo de toda la sociedad para las noticias ambientales y las iniciativas de protección ambiental.

(7) Fortalecer los intercambios y la cooperación con periodistas ambientales en Taiwán, Hong Kong y Macao y el Foro de Periodistas Ambientales de Asia y el Pacífico, y organizar conferencias internacionales y capacitación empresarial sobre protección ambiental.

(8) Velar por los derechos e intereses legítimos de los socios.

Capítulo 3 Miembros

Artículo 7: Los tipos de membresía de esta asociación se dividen en miembros grupales y miembros individuales.

Artículo 8: Los grupos e individuos que soliciten unirse a la asociación deben cumplir las siguientes condiciones:

(1) Apoyar los estatutos de la asociación;

(2 ) ) Unirse voluntariamente a la asociación;

(3) Tener cierta influencia social en el ámbito empresarial de la asociación.

Artículo 9: Procedimientos para la membresía:

(1) Presentar una solicitud de membresía;

(2) Discutirla y aprobarla por el Comité Ejecutivo;

(3) Los certificados de membresía serán emitidos por la asociación.

Artículo 10: Los miembros gozan de los siguientes derechos:

(1) El derecho a elegir, ser elegido y votar en esta asociación;

(2) El derecho a participar en las actividades de esta asociación;

(3) Prioridad en la obtención de servicios de la Asociación;

(4) Derecho a criticar, sugerir y supervisar el trabajo de la Asociación;

(5) ) La membresía es voluntaria y la membresía es gratuita.

Artículo 11: Los socios cumplirán las siguientes obligaciones:

(1) Ejecutar las resoluciones de la asociación;

(2) Mantener los derechos e intereses legítimos de la asociación;

(3) Completar el trabajo asignado por la asociación

(4) Pagar las cuotas de membresía según sea necesario

(5) Informar la situación a; la asociación y proporcionar material informativo relevante.

Artículo 12: Los miembros que deseen retirarse de la asociación deberán notificarlo por escrito y devolver sus certificados de membresía. Los miembros del grupo que no paguen las cuotas de membresía o no participen en las actividades de la asociación durante un año; se considerará que ha dado de baja automáticamente su membresía.

Artículo 13: Si un miembro viola gravemente los Estatutos Sociales, será removido de la membresía después de la votación del Comité Ejecutivo y la aprobación de la Junta Directiva.

Capítulo 4: Creación y Cambio de Estructura Organizacional y Responsables

Artículo 14: La máxima autoridad de la Asociación es el Congreso de Socios. Las facultades del Congreso Miembro son:

(1) Formular y modificar los estatutos;

(2) Elegir y destituir al vicepresidente, presidente y secretario general;

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(3) Decidir y remover a los directores y directores permanentes;

(4) Revisar el informe de trabajo y el informe financiero de la junta directiva;

(5) Decidir sobre asuntos de terminación;

(6) Decidir sobre otros asuntos importantes de la Asociación.

Artículo 15: Al Congreso de Socios deberán asistir más de las dos terceras partes de los representantes de los socios, y sus resoluciones deberán ser votadas por más de la mitad de los representantes de los socios presentes para que surtan efecto. El congreso de miembros tendrá una duración de cinco años. Si por circunstancias especiales es necesario adelantar o posponer el plazo, será votado por el Consejo Permanente y presentado a la unidad de supervisión empresarial para su revisión y aprobación por la autoridad de registro y gestión de la sociedad. . El plazo máximo de aplazamiento no excederá de un año.

Artículo 16: La Junta Directiva es el órgano ejecutivo del Congreso de Miembros, dirige la asociación para realizar el trabajo diario durante el período entre sesiones y es responsable ante el Congreso de Miembros. El Consejo de Administración establece un Comité Ejecutivo para ejercer las funciones y facultades del Consejo de Administración cuando éste no se encuentre reunido.

El Comité Ejecutivo está formado por el Presidente, el Vicepresidente y el Secretario General.

El órgano de administración del Consejo es la Secretaría de la Asociación, y los trabajos de la Secretaría están presididos por el Secretario General.

Artículo 17: Si los directores y directores ejecutivos cambian durante el mandato por cambios normales de cargos y funciones, la persona y su unidad deberán informar a la secretaría de la asociación para que conste. La renuncia del Vicepresidente será informada por él mismo y será revisada y aprobada por el Consejo de Administración. El informe de renuncia del presidente será presentado por él mismo, el cual será revisado y aprobado por el Consejo Directivo y elevado a la Administración Estatal de Protección Ambiental para su aprobación. La dimisión del Secretario General será previa informe de éste o la Administración Estatal de Protección del Medio Ambiente adoptará la decisión de destitución.

Artículo 18: Son funciones y atribuciones de la Junta Directiva:

(1) Ejecutar las resoluciones del Congreso Miembro;

(2) Elaborar convocar al Congreso de Miembros;

(3) Informar sobre el estado laboral y financiero al Congreso de Miembros;

(4) Decidir sobre la admisión y remoción de miembros;

(5) Decidir sobre los directores, la incorporación y remoción de directores ejecutivos, secretario general, subsecretario general y miembros del comité ejecutivo se informará al siguiente congreso miembro para su confirmación;

(6) Decidir establecer oficinas, sucursales, agencias de representación y entidades de organización;

(7) Decidir sobre el nombramiento de los principales responsables de cada organización;

(8) Liderar el trabajo de cada organización de la asociación;

(9) Formular el sistema de gestión interna;

(10) Determinar otros asuntos importantes de la asociación.

Artículo 19: El consejo de administración deberá contar con la asistencia de las dos terceras partes de los directores presentes para poder ser convocado, y sus resoluciones deberán ser votadas por más de las dos terceras partes de los directores presentes para surtir efecto.

Artículo 20: El Consejo de Administración se reúne con carácter general cada año, la que también podrá celebrarse por comunicación u otros medios.

Artículo 21: Durante el período en que el Directorio no se encuentre reunido, el Comité Ejecutivo ejercerá las funciones y facultades del Directorio y será responsable ante el Directorio.

Artículo 22: El Comité Ejecutivo deberá contar con la asistencia de más de dos tercios de los miembros ejecutivos para poder ser convocado, y sus resoluciones deberán ser aprobadas por más de dos tercios de los miembros ejecutivos presentes en la reunión. la reunión surta efecto.

Artículo 23: El Comité Ejecutivo se reúne con carácter general una vez cada seis meses. En circunstancias especiales, también podrá reunirse por comunicación.

Artículo 24: El presidente y vicepresidente de esta asociación deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Adherirse a la línea, principios y políticas del partido, y tener buena calidad política. ;

(2) Tener una mayor influencia social en el ámbito empresarial de la asociación;

(3) La edad máxima del presidente y vicepresidente no deberá exceder los 70 años. ;

(4) ) Gozar de buena salud y poder trabajar normalmente;

(5) No haber sido objeto de sanción penal de privación de derechos políticos;

(6) Tener plena capacidad para la conducta civil.

Artículo 25: Si el presidente o vicepresidente de la asociación excede la edad máxima, deberán ser votados por la junta directiva, informados a la unidad de supervisión empresarial para su revisión y aprobados por la autoridad de registro de la sociedad. antes de que puedan ocupar el cargo.

Artículo 26: La duración del mandato del Presidente y Vicepresidente de la Asociación es de cinco años. El mandato del presidente y vicepresidente no podrá exceder de dos mandatos como máximo. Si por circunstancias especiales fuera necesario prorrogar el mandato, deberá ser aprobado por el voto de más de dos tercios de los representantes de los miembros. en la conferencia de representantes de miembros, informado a la unidad de supervisión empresarial para su revisión y aprobado por la autoridad de registro y gestión de la sociedad.

Artículo 27: El Presidente de la Asociación ejercerá las siguientes facultades:

(1) Convocar y presidir las reuniones de la Junta Directiva y del Comité Ejecutivo;

(2) Verificar la implementación de las resoluciones del Congreso de Miembros, de la Junta Directiva y del Comité Ejecutivo.

Artículo 28: El Secretario General de la Asociación es el representante legal de la Asociación. El representante legal de esta asociación no actúa simultáneamente como representante legal de otros grupos. El Secretario General ejerce los siguientes poderes:

(1) Firmar documentos importantes y relevantes en nombre de la asociación;

(2) Presidir el trabajo diario de la oficina y organizar el implementación del plan de trabajo anual;

(3) Dirigir todas las sucursales, oficinas de representación y entidades para llevar a cabo su trabajo;

(4) Nombrar a los principales responsables de las oficinas , sucursales, oficinas de representación y entidades, y someterlas a decisión del Comité Ejecutivo;

(5) Decidir sobre la contratación del personal de tiempo completo de las oficinas, oficinas de representación y entidades;

(6) Manejar otros asuntos diarios.

Capítulo 5 Principios de Gestión y Uso de Activos

Artículo 29: La Asociación no realiza actividades con fines de lucro y las fuentes de financiamiento son:

( 1) Cuotas de membresía;

(2) Donaciones;

(3) Financiamiento gubernamental;

(4) Ingresos de actividades o servicios dentro del alcance comercial aprobado ;

(5) Intereses;

(6) Otros ingresos legales.

Artículo 30: La Asociación recauda las cuotas de membresía de acuerdo con las normas nacionales pertinentes.

Artículo 31: Los fondos de la asociación deberán destinarse al desarrollo del ámbito empresarial y de los emprendimientos previstos en estos estatutos y no podrán ser distribuidos entre los socios.

Artículo 32: La Asociación establecerá un estricto sistema de gestión financiera para asegurar que la información contable sea legal, razonable, verdadera, exacta y completa.

Artículo 33: La Asociación cuenta con personal contable profesionalmente calificado. Los contadores no podrán desempeñar simultáneamente la función de cajeros. Los contadores deben realizar cálculos contables e implementar supervisión contable.

Cuando el personal contable transfiere puestos de trabajo o renuncia, debe aclarar los procedimientos de traspaso con la persona que asume el cargo.

Artículo 34: La gestión de activos de esta asociación debe implementar el sistema de gestión prescrito por el estado y aceptar la supervisión de la conferencia de representantes de miembros y del departamento financiero. Si el origen de los activos proviene de apropiaciones estatales o donaciones o subsidios sociales, deben estar sujetos a supervisión por organismos de auditoría y la información pertinente debe anunciarse al público de manera adecuada.

Artículo 35: La asociación deberá aceptar la auditoría financiera organizada por la autoridad de registro y gestión de la sociedad y la unidad de supervisión empresarial antes de cambiar su mandato o representante legal.

Artículo 36: Los bienes de esta asociación no podrán ser malversados, divididos privadamente o malversados ​​por ninguna unidad o individuo.

Artículo 37: Los salarios, seguros y prestaciones sociales del personal de tiempo completo de la asociación se implementarán con referencia a las normas nacionales pertinentes para las instituciones públicas.

Capítulo 6 Procedimiento para Modificar los Estatutos Sociales

Artículo 38: Las modificaciones a los Estatutos Sociales de la Asociación deben ser aprobadas por la Junta Directiva y luego reportadas al Congreso de Miembros para su revisión. .

Artículo 39: Los estatutos revisados ​​de la asociación deberán ser revisados ​​y aprobados por la unidad de supervisión empresarial dentro de los 15 días siguientes a su adopción por la asamblea de representantes de los miembros, y serán informados al registro y dirección de la sociedad. autoridad para su aprobación antes de entrar en vigor.

Capítulo 7 Procedimientos de Extinción y Enajenación de Bienes después de la Extinción

Artículo 40: Si la Asociación cumple su objeto, o se disuelve por sí sola, o necesita cancelarse por escisión, fusión, etc., la moción de rescisión la presenta el Comité Ejecutivo.

Artículo 41: La moción de terminación de la asociación deberá ser votada y aprobada por la asamblea de representantes de los socios y reportada a la unidad de supervisión empresarial para su revisión y aprobación.

Artículo 42: Antes de que se dé por terminada la asociación, se debe establecer una organización de liquidación bajo la dirección de la unidad de supervisión empresarial y las autoridades pertinentes para liquidar reclamaciones y deudas y hacer frente a las consecuencias. Durante el período de liquidación no se realizarán actividades distintas a la liquidación.

Artículo 43: La asociación se dará por terminada una vez finalizados los trámites de cancelación de registro por parte de la autoridad de registro y gestión de la organización social.

Artículo 44: Los bienes remanentes después de la terminación de la asociación se utilizarán para desarrollar empresas relacionadas con el objeto de la asociación bajo la supervisión de la unidad de supervisión empresarial y la autoridad de registro y gestión de la sociedad y de conformidad con las regulaciones nacionales pertinentes.

Capítulo 8 Disposiciones Complementarias

Artículo 45: Este Estatuto Social fue votado y aprobado por el Congreso de Miembros en septiembre de 2003.

Artículo 46: El derecho de interpretación de los presentes estatutos corresponde al comité ejecutivo de la asociación.

Artículo 47: El presente Estatuto Social entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación por la autoridad de registro y gestión de la sociedad.

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