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El proceso después de que la fiscalía completa la transcripción

La fiscalía realiza un interrogatorio, y el procedimiento posterior es procesar o no procesar. Si presenta una demanda, presentará una acusación pública ante el tribunal y esperará la decisión del tribunal. Si la fiscalía decide no procesar, no es necesario que el caso llegue a los tribunales. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 401, 402 y 403 de las “Reglas Procesales Penales (Juicio) de la Fiscalía Popular”, no necesariamente podrá iniciarse la acción pública si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

1. Si la Fiscalía Popular determina que el sospechoso de un delito no tiene hechos delictivos o cumple una de las circunstancias previstas en el artículo 15 de la Ley de Procedimiento Penal en un caso transferido por el órgano de seguridad pública para su revisión y procesamiento, deberá, previa decisión del jefe El fiscal o el comité de fiscalía, tomar la decisión de no procesar.

2. Si el ministerio público determina que el sospechoso no tiene hechos delictivos o cumple una de las circunstancias previstas en el artículo 15 de la Ley de Procedimiento Penal, el caso será transferido al departamento de investigación de este tribunal para la revisión y el procesamiento serán devueltos a este tribunal. El departamento de investigación recomendó que el caso sea desestimado.

3. Si la Fiscalía Popular aún considera que las pruebas son insuficientes y no reúnen las condiciones para el procesamiento de un caso que ha sido devuelto para investigación complementaria por segunda vez, tomará la decisión de no hacerlo. procesar por decisión del Fiscal Jefe o del Comité de Fiscalía.

4. Para un caso que ha sido devuelto para investigación complementaria una vez, la Fiscalía Popular podrá decidir no procesar si considera que las pruebas son insuficientes y no cumplen con las condiciones para el procesamiento, y no hay lugar. necesidad de devolver el caso para una investigación complementaria.

2. Artículo 15 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Si el sospechoso o imputado confiesa voluntaria y verazmente su delito, admite los hechos delictivos que se le imputan y está dispuesto a aceptar la pena, podrá hacerlo de conformidad con la ley: el artículo 404 de las "Reglas de Procedimiento Penal (Juicio) de la Fiscalía Popular" tiene una de las siguientes circunstancias y no se puede determinar que el sospechoso de un delito ha cometido un delito y debe ser investigado por un delito. responsabilidad. Las pruebas son insuficientes y no reúnen las condiciones para la persecución:

(1) Los hechos constitutivos del delito carecen de pruebas necesarias para acreditarlo;

(2) Las pruebas fundamentadas. en que se basa la condena es dudosa y no puede verificarse como verdadera;

(3) La contradicción entre las pruebas en las que se basa la condena, o entre las pruebas y los hechos del caso, no puede ser razonablemente descartado;

(4) La conclusión extraída con base en la evidencia tiene otras posibilidades y no se puede descartar una duda razonable.

(5) La determinación de los hechos del caso con base en la evidencia no no se ajusta a la lógica ni a las reglas generales, y la conclusión extraída es obviamente incompatible con el sentido común.

3. Artículo 220 de la Ley de Procedimiento Penal

1. Cuando un caso se juzgue mediante procedimientos simplificados, el Tribunal Popular concluirá el caso dentro de los 20 días siguientes a su aceptación; Si la pena de prisión excede de tres años, podrá ampliarse a un mes y medio.

2. Cuando se apliquen procedimientos de adjudicación acelerada para conocer de casos, el tribunal popular deberá concluir el caso dentro de los diez días siguientes a su aceptación; si la posible pena de prisión excede de un año, podrá ampliarse a quince días.

En resumen, en los casos en los que se decide no procesar, si se descubren nuevas pruebas, se puede iniciar un proceso público en los casos juzgados mediante procedimientos sumarios y los casos deben concluir en el plazo de un mes y medio. juzgado por procedimiento acelerado deberá concluir en un plazo de diez El juicio concluirá en un plazo de diez días.

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