Tengo un préstamo bancario desde hace diez años y el banco no me lo ha reclamado. Ahora quiero hacer un recordatorio ¿Ha prescrito?
Si debo un préstamo bancario y no lo he cobrado en diez años, ¿ha excedido el plazo de prescripción legal? La respuesta depende del acuerdo de amortización del préstamo. Si en el contrato se especifica una fecha de reembolso, el plazo de prescripción es de dos años a partir de esa fecha. Si no hay fecha clara, el plazo de prescripción se computará a partir de la fecha en que el prestatario o prestamista solicite por primera vez el reembolso, y no excederá de veinte años.
Según el artículo 135 de los Principios Generales del Derecho Civil, el plazo de prescripción de las deudas con plazo de amortización claro es de dos años. Para los préstamos indefinidos, el prestamista puede exigirlo en cualquier momento, y el plazo de prescripción comienza cuando el acreedor hace valer sus derechos por primera vez. El plazo de protección jurídica no es estático. Si concurren circunstancias especiales, como fuerza mayor, que imposibiliten la reclamación de derechos, el plazo de prescripción no se incluirá en el plazo de prescripción. Si se eliminan los motivos de la suspensión, la prescripción seguirá contando.
Por lo general, si el banco no ha exigido el pago antes y no hay una fecha de devolución clara, el acreedor debe presentar la reclamación dentro de los dos años de saber o debería haber sabido que se ha vulnerado el derecho, de lo contrario puede perder la protección legal. Consulte con personal jurídico profesional para confirmar el límite de tiempo específico y garantizar que sus propios derechos e intereses no se vean perjudicados.