¿Se considera usura el principal de 35.000 y el interés de más de 30.000?
Si se trata de un préstamo privado, lo normal es que el tipo de interés anual del préstamo sea inferior a 4 veces el tipo de interés cotizado en el mercado para préstamos a un año, porque este tipo de interés anual entra dentro del límite superior de la protección judicial. Préstamos financieros, la tasa de interés anual del préstamo es inferior a 24. En el caso de los préstamos privados, si el tipo de interés del préstamo supera el 15,4, el exceso se considera usura. En cuanto a los préstamos financieros, los tipos de interés superiores a 36 se consideran usura.