¿Es necesario sellar los comprobantes contables de esta unidad?
Si se utiliza el comprobante original, no es necesario sellar el comprobante original interno.
Si el certificado original externo proviene de un individuo, se puede sellar sin firma personal u otra prueba. Es necesario sellar el certificado original de la unidad.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de las “Normas Básicas de Trabajo Contable” del Ministerio de Hacienda, los comprobantes extranjeros originales deberán tener el siguiente contenido:
1. Los comprobantes extranjeros originales deben tener un nombre claro para facilitar la gestión de los comprobantes y el procesamiento comercial.
2. Fecha de cumplimentación del comprobante: La fecha de cumplimentación del comprobante es la fecha en que se produjo el negocio económico, lo que facilita la revisión del negocio económico.
3. Nombre de la empresa o individuo que rellenó el bono: La empresa o individuo que rellenó el bono es testigo del desarrollo del negocio económico, lo que ayuda a comprender los entresijos. del negocio económico.
4. Firma o sello del responsable: La persona que firma y sella el comprobante es el responsable directo del negocio económico. La firma y el sello pueden aclarar la responsabilidad financiera.
Los bonos originales del extranjero son todos bonos únicos. Por ejemplo, facturas, billetes de viaje, billetes de alojamiento, cartas de porte de carga, avisos de cuentas por cobrar bancarias, etc. obtenidos durante la contratación corporativa. Al reembolsar a los viajeros de negocios, deberán presentar documentos originales del extranjero.