¿Qué deben registrarse los menores al registrarse en un hotel?
Al recibir menores, los operadores hoteleros deben verificar sus identidades, registrar verazmente y presentar información relevante; deben solicitar la información de contacto de los padres u otros tutores de los menores, y registrarlos para referencia futura; preguntar a las personas que viven con ellos la relación de identidad y registrarla para referencia futura; se debe fortalecer la inspección de seguridad y la gestión de visitantes para evitar infracciones ilegales de menores; se debe informar inmediatamente de situaciones sospechosas a los órganos de seguridad pública, contactar a los padres u otros tutores de los menores; menores de edad de manera oportuna, y tomar las medidas de seguridad adecuadas. Los operadores hoteleros deben cumplir concienzudamente sus obligaciones legales y sus principales responsabilidades de protección de los menores. Cualquier persona que viole las obligaciones legales pertinentes será responsable de conformidad con la ley.
Con el fin de implementar la “Ley de Protección al Menor” y demás disposiciones legales, prevenir casos de violaciones de menores en hoteles, y proteger la salud física y mental de los menores. El Ministerio de Seguridad Pública ha formulado "cinco deberes" para que los operadores hoteleros reciban a menores de edad:
Primero, verificar la identidad del menor, registrar verazmente y presentar la información relevante;
Segundo, debe solicitar la información de contacto de los padres u otros tutores del menor y registrarla para referencia futura;
En tercer lugar, asegúrese de preguntar sobre la identidad y la relación de las personas que viven juntas y registrarla para referencia futura;
Cuarto Es necesario fortalecer las inspecciones de seguridad y gestión turística para evitar infracciones ilegales de menores;
5. Las situaciones sospechosas deben ser reportadas inmediatamente a los órganos de seguridad pública, a los padres u otros tutores. Los menores deben ser contactados de manera oportuna y se deben tomar las medidas correspondientes de protección de seguridad.
Base legal:
Medidas de Gestión de Seguridad Pública para la Industria Hotelera
Artículo 5 Al operar un hotel, se deben cumplir las leyes nacionales, establecer diversas medidas de gestión de seguridad. sistemas, y establecer la seguridad pública. Organizar o designar personal de seguridad.
Artículo 6: Los hoteles deberán registrarse para el alojamiento de turistas. Al realizar el registro se comprobará el documento de identidad del pasajero y se registrará verazmente a los pasajeros según los puntos prescritos. Cuando reciban alojamiento de turistas extranjeros, también deben presentar un formulario de registro de alojamiento a la agencia de seguridad pública local dentro de las 24 horas.
Artículo 7 El hotel dispondrá de cajas de seguridad, taquillas, trasteros y cajas fuertes para las pertenencias de los pasajeros, y designará a una persona dedicada a su custodia. Se deberá establecer un sistema de registro, recogida y entrega de los bienes depositados por los pasajeros.