Según la normativa, se pueden realizar inspecciones externas de entidades comerciales ().
Análisis ABCD El inventario externo se refiere al inventario de propiedades realizado por autoridades superiores, agencias de auditoría, departamentos judiciales y contadores públicos certificados de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes o las necesidades situacionales. En términos generales, el inventario externo debe ser realizado por personal relevante de la unidad.